La UE notifica a OMC su denuncia contra EEUU por aranceles a acero y aluminio

La Unión Europea (UE) ha notificado hoy formalmente a la Organización Mundial del Comercio (OMC) su denuncia contra Estados Unidos[…]

La Unión Europea (UE) ha notificado hoy formalmente a la Organización Mundial del Comercio (OMC) su denuncia contra Estados Unidos (EEUU) por la imposición de aranceles del 10 % y 25 % a las importaciones de ciertos productos de aluminio y acero, respectivamente, informaron hoy a Efe fuentes comunitarias.

Se trata de un paso formal efectuado después de que la Comisión Europea (CE) ya anunciara ayer que planeaba presentar la denuncia ante la organización, con sede en Ginebra.

En concreto, en un documento de seis páginas al que ha tenido acceso Efe, la UE pide consultas con EEUU bajo el sistema de resolución de disputas de la OMC por la imposición de los aranceles.

Afirma que la medida estadounidense "parece ser inconsistente con las obligaciones de Estados Unidos" bajo el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994 y el Acuerdo sobre Salvaguardias de la organización.

La UE entiende que viola el GATT, porque EEUU no ha "administrado sus leyes, regulaciones, decisiones y determinaciones de manera uniforme, imparcial y razonable".

Bruselas apunta al carácter discriminatorio de la medida de la Administración del presidente estadounidense, Donald Trump, al afirmar que países que no se han visto afectados por los aranceles, como es el caso de Australia, tienen ahora una ventaja sobre los que exportan los mismos productos.

Igualmente entiende la CE que Washington "no ha determinado adecuadamente si hay un grave perjuicio o amenaza a la industria nacional" por la importación de aluminio y acero.

Bruselas considera, además, que la decisión de Washington viola el Acuerdo de Salvaguardias porque aplica medidas de este tipo "más allá del alcance necesario para prevenir o remediar un grave perjuicio" y facilitar un reequilibrio.

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Asimismo, indica la CE en el documento, que EEUU aplica medidas de salvaguardia sin limitar la medida al período necesario para prevenir o remediar el supuesto daño a su industria, que es de hasta cuatro años, y sin introducir una progresiva liberalización en el tiempo para volver a la normalidad.

La solicitud para la celebración de consultas inicia formalmente una disputa en la OMC.

Las consultas proporcionan a ambas partes la oportunidad de discutir durante 60 días el litigio y de hallar una solución mutuamente satisfactoria sin tener que dar otro paso en el conflicto ante la OMC.

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Si las consultas no prosperan en ese plazo de 60 días, la UE puede pedir a la OMC que se establezca un panel de resolución de disputas, algo que EEUU puede bloquear una única vez.

Una segunda petición de parte del demandante da lugar a la creación automática de dicho órgano arbitral.

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