La 'nueva' Mifid II agilizará el mercado

El Parlamento Europeo y el Consejo aprueban la reforma de Mifid II, que reducirá la complejidad regulatoria y ahorrará costes a las empresas de servicios de inversión

Ha tardado más de lo esperado, pero la reforma de la directiva de mercados financieros Mifid II ya está en marcha tras la aprobación por parte del Parlamento Europeo y del Consejo de las modificaciones conocidas como ‘quick fix’.

Con estos cambios se pretende reducir la complejidad regulatoria y los costes de cumplimiento normativo de las empresas de servicios de inversión, además de eliminar las distorsiones de la competencia siempre que se preste suficiente atención a la protección de los inversores. 

Junto a los cambios de Mifid II, la nueva directiva también introduce reformas en las directivas de empresas de servicios de inversión con el objetivo de rebajar ciertos requisitos exigidos a estas compañías para ayudarlas a recuperarse tras la crisis provocada por el coronavirus. 

Los principales cambios que introduce la directiva aprobada son los siguientes: 

  • Dos nuevas exenciones de los requisitos sobre gobernanza de productos:  

Cuando el servicio de inversión se refiera a bonos sin más derivados implícitos que una cláusula de reintegración y cuando los instrumentos financieros se comercialicen o distribuyan exclusivamente entre contrapartes elegibles. 

  • Entrega previa de información sobre costes y gastos:  

Se podrá entregar esta información sin demora tras concluir la operación cuando se utilice un medio de comunicación a distancia para la distribución de instrumentos financieros que impida su entrega previa. 

  • Envío de la información exigida en formato electrónico:  

Se debe entregar en formato electrónico salvo cuando el cliente o cliente potencial sea un minorista y solicite recibirla en papel, que se le facilitará en este formato de forma gratuita. 

  • Obligaciones de unbundling -separación de costes de análisis y ejecución-:  

No será necesario cumplir con ellas cuando, entre otros requisitos, el análisis se refiera a emisores cuya capitalización bursátil durante el período de treinta y seis meses naturales anteriores no haya sido superior a 1.000 millones de euros. 

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  • Análisis de costes y beneficios:  

En casos de recomendaciones de inversión de venta y compra simultáneas se añade la obligación de comunicar al cliente si los beneficios del cambio son superiores a los costes que ese cambio lleva aparejados o no. 

  • Publicación de los datos sobre la calidad de la ejecución de las operaciones y el centro de ejecución de la orden:  

Se exime de estas obligaciones a los centros de ejecución y a las empresas de servicios de inversión durante dos años, desde la entrada en vigor de esta directiva. 

Durante este período, la Comisión revisará exhaustivamente estas obligaciones para valorar su adecuación. 

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  • Obligaciones de información cuando el cliente al que se prestan los servicios de inversión sea profesional o contraparte elegible:  

Se rebajan estas obligaciones y se eliminan otras cuando se considere que el cliente es un profesional o contraparte elegible. 

  • Exenciones de la autorización como empresa de servicios de inversión:  

La directiva aclara esta exención cuando se trate de personas que negocian profesionalmente con derivados sobre materias primas, derechos de emisión o derivados sobre estos, cuando su actividad de negociación sea auxiliar con respecto a su actividad principal. 

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Asimismo, se prevé el desarrollo por parte de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) de normas que permitan fijar los límites de posiciones sobre determinados derivados. 

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La directiva aprobada entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y se prevé que los Estados la transpongan a su ordenamiento jurídico en un plazo de 9 meses y empiecen a aplicarla a los 12 meses de su entrada en vigor. 

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