La justicia no investigará las hipotecas que Caja Madrid concedió durante la burbuja por falta de pruebas

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional contradice el criterio del juez de la Mata y rechaza la querella de dos accionistas porque malinterpretaron al Banco de España

No habrá finalmente causa general sobre las hipotecas que Caja Madrid comercializó en la última burbuja inmobiliaria, e incluso en los primeros años de la crisis financiera. La Audiencia Nacional ha terminado aceptando el criterio inicial de la Fiscalía Anticorrupción, rechazando finalmente la admisión a trámite de la querella presentada por dos accionistas minoritarios de Bankia.

Fue el juez José de la Mata quien, a finales de marzo, inició las gestiones para investigar si hubo delito (estafa, administración fraudulenta, falsedad documental e incluso asociación criminal) por parte de los antiguos responsables de la caja de ahorros, al hacer supuestamente la vista gorda para la concesión sistemática de créditos hipotecarios basados en tasaciones que estarían infladas. Pero varios de esos directivos recurrieron y ahora la Sala de lo Penal les da la razón.

«Lo que es difícil probar se convierte en un delito imposible», concluyen esos magistrados para hacer ver que los querellantes no han aportado indicio alguno de que lo ocurrido en Caja Madrid con las hipotecas pueda pasar de una falta administrativa o, como mucho, ocasionar algunos daños que solo cabría reclamar por vía civil. En realidad, para la entidad financiera no cabría ni eso pues afirman que su concesión fue «positiva», como se infiere de las cédulas que se emitieron vinculadas a esos mismos préstamos y fueron compradas por terceros.

Y dado que «no consta perjuicio alguno en el tramo de esos tenedores, que vieron satisfechas sus expectativas de retorno de la inversión», señala la Sala de lo Penal, «mal puede existir el engaño de la entidad». Sus miembros sostienen que del contenido de la querella solo se puede concluir una «falta de tipicidad penal».

Una mala interpretación

Los accionistas de Bankia que se sentían perjudicados por este caso aludían a un informe que el Banco de España elaboró en julio de 2009 sobre la cartera hipotecaria minorista de la caja de ahorros. En el se hablaba de operaciones «mal concedidas en muchos casos» o con «ratios de endeudamiento elevado», pero no apuntaba la existencia de indicios sobre conductas punibles.

Los magistrados sostienen ahora que ese dictamen del supervisor bancario ha sido malinterpretado. Apuntan que hablar de 100 operaciones para evaluar toda la cartera minorista es un «muestreo irrelevante» y que, en todo caso, las tasaciones podían fallar por la «constante evolución del mercado inmobiliario».

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