Juzgado Igualada declara la nulidad de cláusula suelo con efecto retroactivo

La titular del juzgado de primera instancia número 2 de Igualada (Barcelona) ha dictado una sentencia en la que declara[…]

La titular del juzgado de primera instancia número 2 de Igualada (Barcelona) ha dictado una sentencia en la que declara la nulidad "por abusiva" de una cláusula suelo, con efectos retroactivos desde la formalización del contrato de préstamo hipotecario a unos clientes de Banco Sabadell.

La sentencia, con fecha 14 de julio de 2016, se dictó un día después del informe del abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, que dio la razón al Tribunal Supremo español, al rechazar la retroactividad en las devoluciones por las cláusulas suelo de los contratos hipotecarios.

Las conclusiones del abogado general del Tribunal de Justicia de la UE no son vinculantes, pero suelen marcar el camino que sigue este tribunal.

La jueza Alicia Eguren, titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Igualada, declara "nula por abusiva" una cláusula contenida en el contrato de préstamo con garantía hipotecaria de fecha 5 de agosto de 2014, en la que se establece un límite a las revisiones del tipo de interés nominal anual de un mínimo aplicable del 3,75 % y un 12 % de máximo, manteniendo el resto del contrato vigente.

Además, la sentencia condena a Banco Sabadell a restituir a la demandante las cantidades que en concepto de intereses se han abonado indebidamente y cobrado en exceso "desde la constitución del préstamo hipotecario hasta la fecha de la presente resolución".

Contra la sentencia podrá interponerse recurso de apelación en el plazo de veinte días, recurso que sería resuelto por la Audiencia Provincial de Barcelona.

Fuentes del Banco Sabadell han explicado a Efe que piensan recurrir la sentencia y han recordado que no es firme y que tampoco es ajustada a la jurisprudencia del TS.

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