El TS rebaja a hasta 8 años de cárcel la condena a excúpula Arte y Naturaleza

El Tribunal Supremo ha condenado a ocho años de prisión al ex director general de la empresa de inversión en[…]

El Tribunal Supremo ha condenado a ocho años de prisión al ex director general de la empresa de inversión en bienes tangibles Arte y Naturaleza Raúl García López, cinco años y medio menos de lo inicialmente impuesto en primera instancia por la Audiencia Nacional, tras eximirle de falsedad contable.

En la sentencia conocida hoy, la sala segunda de lo Penal confirma que García incurrió en estafa agravada e insolvencia punible, aunque descarta el delito de falsedad en tanto que "no intervino en la formulación y presentación de las cuentas anuales de 2004", al igual que el exconsejero Andrés Macho, ahora condenado a siete años y nueve meses de prisión frente a los once anteriores.

Con todo, el tribunal confirma que se sirvieron como instrumento de una estafa piramidal mediante la venta de obras de arte sobrevaloradas, en la que fueron engañadas más de 19.000 personas por un importe total superior a 434 millones de euros.

Por ella también castiga con siete años y medio de cárcel a la exconsejera Alba María García, hija del fundador y expresidente de la sociedad, Guillermo García del Toro, fallecido meses después de la celebración del juicio.

En su sentencia, la Audiencia Nacional condenaba a ésta a nueve años de cárcel al no ser una "persona ajena sino directamente responsable de la estafa" dada su "cooperación en la creación y sostenimiento del engaño" en la medida que sobrevaloraba las obras que después la compañía vendía a los afectados.

Ahora los magistrados establecen, a instancias de la Fiscalía, que sean ellos tres quienes indemnicen de forma conjunta y solidaria a los clientes perjudicados por un importe de 432,2 millones de euros, cantidad que incluye los intereses generados desde la fecha en la que la sociedad entró en concurso en 2006.

Rechazan de este modo el argumento de las defensas, que alegaban la falta del carácter masivo de la estafa, y explican que si bien no hubiese sido delictivo que Arte y Naturaleza procediera a la compras de obras de arte y a su venta a terceros por un precio determinado, sí que se "ocultó al cliente que los objetos (...) tenían un valor notoriamente inferior, siendo a veces inexistente".

Tampoco se informó a éstos de que las obras "no podían ser vendidas por la sociedad a terceros en el mercado al precio en que se los vendieron, pues nadie pagaría por ellos", ni de que, ante tal realidad, se necesitara ineludiblemente el dinero pagado por otros afectados por la pirámide.

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En resumen, para la sala, se adquirieron un objeto, "engañados" acerca de su valor, de sus posibilidades de revalorización y de las posibilidades que tenía la sociedad de hacer frente al compromiso de recompra que contraía con el cliente.

El fallo, que aplica la atenuante de dilaciones indebidas, absuelve por falta de pruebas concluyentes de que conocieran la estafa al exdelegado en Madrid de Arte y Naturaleza Mario Marina -inicialmente condenado a siete años y medio de cárcel-, al ex director artístico Francisco Miguel Cano y a la exdirectora de marketing Ana Isabel Rodrigo, que arrastraban siete años de prisión.

En tanto que al excontable de la sociedad Fernando Senén Carrera y el auditor Francisco Vives, para quienes la primera instancia dictó diez y cuatro años de cárcel, respectivamente, les condena a dos años de prisión al primero y a un año al segundo, como cooperadores necesarios de falsedad contable.

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