Economía.- El Constitucional falla contra parte del Real Decreto que ampara las gasolineras desatendidas

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional y nulo parte del Real Decreto-Ley que ampara la proliferación de las conocidas como gasolineras desatendidas, por vulnerar competencias autonómicas en materia de comercio interior, informó la Agrupación Española de Vendedores al por menor de Carburantes y Combustibles (Aevecar).

MADRID, 28 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional y nulo parte del Real Decreto-Ley que ampara la proliferación de las conocidas como gasolineras desatendidas, por vulnerar competencias autonómicas en materia de comercio interior, informó la Agrupación Española de Vendedores al por menor de Carburantes y Combustibles (Aevecar).

En concreto, el Constitucional estima parcialmente el recurso de inconstitucionalidad presentado por la Generalitat de Cataluña y, en consecuencia, declara que el artículo 3.4 del Real Decreto-ley 6/2000, de medidas urgentes de intensificación de la competencia en mercados de bienes y servicios, en la redacción dada por el artículo 40 del Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo al crecimiento y de la creación de empleo, "es contrario al orden de distribución de competencias y, por tanto, inconstitucional y nulo".

Según la patronal, esta sentencia supone, en la práctica, que cualquier comunidad autónoma que, como Cataluña o Madrid, haya asumido competencias en materia de Comercio Interior, podrá hacer uso de ellas para decidir si la superficie de las estaciones de servicio situadas en grandes superficies computa o no como superficie útil de exposición y venta al público.

El Ejecutivo catalán interpuso un recurso de inconstitucionalidad al considerar que la norma vulneraba sus competencias en materia de ordenación administrativa de la ordenación comercial en su territorio.

En la sentencia, el Constitucional da la razón a la Generalitat de Cataluña y declara la inconstitucionalidad de este precepto, al entender que vulnera sus competencias en materia de comercio interior.

Aevecar considera que "sería muy conveniente" que el Estado revisase "en profundidad" la regulación de las gasolineras desatendidas al objeto de "salvaguardar los derechos, principios y títulos competenciales recogidos en la Constitución, en los términos en los que, en cada caso, han sido desarrollados por la doctrina del Tribunal Constitucional".

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