Economía/Black.- Peritos de la defensa dicen que no se puede garantizar la veracidad de la hoja excel de Bankia

El tribunal admite, a petición de los acusados, documentación adicional sobre el informe de KPMG para Bankia

El tribunal admite, a petición de los acusados, documentación adicional sobre el informe de KPMG para Bankia

MADRID, 17 (EUROPA PRESS)

La décimo cuarta sesión del juicio que acoge la Audiencia Nacional sobre el uso presuntamente fraudulento de las tarjetas 'black' ha contado este jueves con la exposición de un consultor de ciberseguridad que ha cuestionado la veracidad de los datos que incluye la hoja excel aportada como prueba por Bankia y en la que se desglosa el gasto que los acusados hicieron con sus tarjetas.

A propuesta del exconsejero de Caja Madrid José Antonio Moral Santín --uno de los 65 exaltos cargos y directivos de la caja extinta y Bankia que son juzgados en este proceso-- ha comparecido el experto en consultoría de medio de pagos, David Amizcoz, que ha precisado que no se puede garantizar la integridad de la información en el proceso de volcado de datos.

El perito ha cuestionado la obtención y tratamiento de estos datos que integran la prueba estrella de Bankia --acusación particular-- que refleja el desglose de todos los desembolsos que hicieron los acusados con sus plásticos y que asciende a 12,5 millones en los periodos comprendidos entre 2003 y 2012, ya que la responsabilidad penal por los gastos previos habría prescrito.

El experto ha expuesto ante el tribunal de la Sección Cuarta que los requisitos de garantía tecnológica exigen que se establezcan criterios como definición de la metodología, se acrediten los medios empleados para su obtención y se mantenga la integridad y autenticidad de dichos datos.

También ha dicho a preguntas de las partes que no puede considerar dicho documento, que los acusados han rechazado en bloque en su declaración ante la Sala, como un semiextracto de la tarjeta y ha precisado que en dicha prueba debería figurar el comercio donde los beneficiarios de las visas hicieron las compras que se les atribuyen.

Aunque ha descartado tener evidencia de que esa información esté trucada, sí ha hecho hincapié en que un documento en soporte excel no puede ser en sí mismo garantía de seguridad, porque hay que acreditar "el cumplimiento de unos principios mínimos" y que los beneficiarios de estas tarjetas deberían haber recibido una comunicación en la que se informaba de la cesión de datos de Caja Madrid a Bankia.

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Sin embargo el responsable de este informe, Iñaki Azaola, explicó en su comparecencia en calidad de testigo que había sido escrupuloso con el tratamiento de los datos de las compras y extracciones del cajero y por tanto que reflejan cómo los acusados, entre los que se encuentran políticos del PP, PSOE e IU además de representantes sindicales y patronales, adquirieron de joyas, ropa de lujo y viajes con sus tarjetas de la entidad.

VISA PLATA

Por su parte, Jesús F. Santos Peñalver, catedrático de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad de Castilla La Mancha, ha expuesto ante el tribunal su estudio sobre las tarjetas (Visa Plata) que se entregaron a los consejeros no ejecutivos de Caja Madrid.

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El informe concreta que los pagos efectuados con las visas se cargaban en una cuenta sobre los gastos de gobierno de la caja, y el perito ha aclarado que incluso tuvo acceso a un informe de la Agencia Tributaria de noviembre de 2015 en el que también "se cita explícitamente" el nombre de la cuenta.

Sin embargo, ha respondido a las defensas de los acusados que no existía indicación concreta de cada gasto efectuado por los beneficiarios y que, por tanto, si el único concepto expresado era el pago correspondiente, se pueden entender dichas cantidades como remuneración; una tesis defendida por parte de los encausados en el juicio, que intentan demostrar que las tarjetas tenían una naturaleza no únicamente para gastos de representación sino como complemento salarial.

ADMISIÓN DE DOCUMENTACIÓN

El tribunal ha acordado admitir, a solicitud del exdirector de Medios de Caja Madrid Ildefonso Sánchez Barcoj y otros nueve acusados, documentación del informe elaborado por KPMG para Bankia y que ayer expusieron dos peritos. Su defensa ha manifestado al inicio de esta nueva sesión que en dicho estudio, en el que se apunta que las tarjetas se emitieron fuera del circuito legal, se han omitido páginas relevantes.

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Concretamente la defensa del que fuera número dos de Miguel Blesa en Caja Madrid ha argumentado que en dicha prueba pericial presentada por Bankia tres días antes del comienzo del juicio se ha omitido páginas como la carátula, en la que se habla del detalle de las retribuciones devengadas por cada uno de los miembros del consejo de administración y de la comisión de control.

Los magistrados que integran el tribunal han acordado admitir a trámite esta documentación pese a la oposición del fiscal Anticorrrupción, Alejandro Luzón, y las acusaciones particulares --Bankia y Fondo de Reestructuración Bancaria (FROB)-- y populares --Confederación Intersindical de Cajas (CIC) y CGT-- quienes han alegado que su incorporación a la causa es "absolutamente improcedente".

La defensa del también acusado Ramón Espinar se ha adherido a la petición porque, si bien se ha mostrado de acuerdo con el representante del Ministerio Público en cuanto a que el informe expone más conocimientos de tipo jurídico que científico, ha subrayado que la parte que falta en el anexo del informe se refiere a prácticas retributivas de la entidad nacionalizada y a datos fácticos.

Se trata del segundo documento que admite el tribunal que preside la magistrada Ángela Murillo en la ronda dedicada a periciales después de que este lunes aceptara como prueba dos documentos de 1988 y 1992 que hacen referencia al contrato sobre la entrega de las visas y que, en opinión de las defensas, acreditaría que éstas se crearon no sólo con la finalidad de cubrir gastos de representación sino que también podrían ser utilizadas "en concepto de compensación por el ejercicio de su función".

Los 65 encausados se enfrentan a penas que van de uno a seis años de prisión. Se les atribuye delito continuado de apropiación indebida y administración deseal por el uso que hicieron con sus tarjetas, nacidas en un acuerdo del consejo de administración de la caja extinta en mayo de 1988.

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