Diputación pacense destina 1,2 millones a subvenciones para deporte y cultura

El Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz ha publicado las bases de las convocatorias de subvenciones de la Diputación[…]

El Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz ha publicado las bases de las convocatorias de subvenciones de la Diputación provincial destinadas a actividades culturales, educativas, deportivas y fiestas populares en concurrencia competitiva, y cuyo montante asciende a 1,2 millones de euros.

El decreto publicado aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones (PES) para el ejercicio 2017, lo que dota a la Diputación de Badajoz de un instrumento de planificación de las políticas públicas de fomento y define procedimientos de gestión más uniformes, según señala la institución provincial en un comunicado de prensa.

Por un lado, se ha consignado una partida de 273.500 euros para la convocatoria destinada a la celebración de actividades deportivas en 2017 y, por otro lado, 971.500 euros para actividades educativas y culturales, así como la celebración de fiestas populares.

Ambas convocatorias se tramitarán por el procedimiento de concurrencia competitiva y podrán ser beneficiarias las entidades locales, entidades locales menores y asociaciones sin ánimo de lucro de la provincia.

Las bases reguladoras aprobadas articulan procedimientos simplificados en la tramitación de las subvenciones.

Así, y como novedad respecto a las convocatorias de 2016, tanto la solicitud de subvención como la remisión de justificación se realizarán por medios electrónicos, a través de la sede electrónica de la Diputación o de cualquier otro sistema electrónico habilitado.

Igualmente, se reducen las cargas administrativas de los solicitantes, pues la Diputación obtiene de oficio los certificados de estar al corriente con las obligaciones tributarias, salvo que el solicitante deniegue expresamente el consentimiento.

También se solicitará de oficio el certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones de la Junta de Extremadura.

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La Diputación pacense ha destacado que en esta misma línea de simplificar y agilizar trámites, y en relación con la justificación de las subvenciones, ésta se realizará mediante certificado del secretario o interventor en el caso de los Ayuntamientos.

Del mismo modo, se realizará por medio de la cuenta justificativa simplificada en modelo normalizado en el caso de las asociaciones sin fines de lucro, a la que se acompañarán las facturas y los justificantes de pago digitalizados.

Las entidades beneficiarias deberán elaborar, aprobar y presentar además el catálogo de vestigios de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura existentes en su localidad y acompañarlo con la justificación de la subvención.

A ello se añadirá un compromiso de retirada, en el plazo de tres meses desde la fecha de finalización del plazo de justificación, de los símbolos a los que se refiere el artículo 15.1 de la Ley de Memoria Histórica que se reflejen en el catálogo.

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