Audiencia Provincial acuerda imputar a Consejo de Sniace por vertidos

La Audiencia Provincial ha atendido un recurso de Ecologistas en Acción y el Ministerio Fiscal, y ha acordado la imputación[…]

La Audiencia Provincial ha atendido un recurso de Ecologistas en Acción y el Ministerio Fiscal, y ha acordado la imputación del Consejo de Administración de Sniace por un supuesto delito contra el medio ambiente, debido a unos vertidos realizados por la empresa al río Saja entre 2008 y 2010.

Esta decisión ha sido adoptada por de los tres magistrados revocando así un auto anterior de un Juzgado de Torrelavega que eximía de responsabilidad al Consejo de Administración compuesto, entre otros siete personas, entre ellos el presidente Blas Mequita y los consejeros cántabros Jesús Manuel Zaballa y Manuel Huerta.

En un auto al que ha tenido acceso Efe, se destaca que la decisión también afecta al que fuera director de Operaciones del Grupo Sniace en el momento de producirse los hechos, José Francisco González Payno, en la actualidad director de la empresa Aldro Energía.

Según se detalla, los vertidos se habían producido sin autorización de la Confederación Hidrográfica del Norte y presentando altos niveles de conductividad, sólidos en suspensión, carbono orgánico total, nitrógeno total, cobre, zinc, plomo, selenio y magnesio disueltos.

Los hechos fueron denunciados inicialmente por los vecinos de Duález que vienen sufriendo de forma directa y cotidiana ésta y otras irregularidades en el funcionamiento de dicha industria.

Ecologistas en Acción aseguró en su denuncia inicial que este vertido se produjo "contraviniendo la normativa protectora del medio ambiente", además de destacar los "especialmente nocivos" metales pesados arrojados al río, al afectar a la cadena trófica con riesgo de afectación del ecosistema fluvial y la salud de las personas.

Por su parte, el auto de la Audiencia hace constar que los integrantes del Consejo de Administración manifestaron su desconocimiento de los hechos, derivando cualquier responsabilidad hacia el director de Operaciones por tratarse de decisiones de carácter técnico ajenos a ellos.

En su resolución de finales de diciembre y contra la que no cabe recurso ordinario, la Sala de la Audiencia considera que el director de Operaciones no tenía autonomía para obrar por si sólo al margen del Consejo de Administración, y que éste último era necesariamente consciente de la gravedad de los hechos.

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Incluso recuerda que, en las fechas del vertido, la Confederación Hidrográfica del Norte había impuesto a la empresa una sanción por falta muy grave con una multa de 600.000 euros y una indemnización de otros 500.000 euros por un hecho similar anterior.

Además, resalta que en ese mismo período se había estado tramitando otro procedimiento penal contra el exconsejero ejecutivo de Sniace Miguel Gómez de Liaño, que fue condenado en abril de 2010 por delito ambiental exactamente por vertidos previos similares a los que ahora se juzgaban.

Tras la decisión de la Audiencia Provincial, a partir de ahora que pendiente la apertura de juicio oral contra todos los imputados en el Juzgado Número 1 de Torrelavega que fue la instancia que sobreseyó la implicación de los responsables de Sniace en los vertidos.

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