ADICAE llama a unirse a 4.100 extremeños inmersos en ejecuciones hipotecarias

La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (ADICAE) Extremadura ha hecho este viernes un llamamiento a los 4.131[…]

La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (ADICAE) Extremadura ha hecho este viernes un llamamiento a los 4.131 extremeños inmersos en ejecuciones hipotecarias para agruparse y "forzar" a la banca a "una solución razonable" y con todas las garantías.

Lo ha hecho tras conocer la declaración del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que ha considerado que la cláusula del vencimiento anticipado es "abusiva", según ha informado ADICAE en un comunicado de prensa.

La asociación ha señalado que el pronunciamiento del TJUE es ?claro y absoluto? en determinar que la cláusula del vencimiento anticipado "es nula y que hay que quitarla del contrato".

Esto supone que las 100.000 ejecuciones vivas que hay hasta finales de 2018 en toda España deben "archivarse", 4.131 en el caso de Extremadura de las cuales 1.626 pertenecen a hipotecados de la provincia de Badajoz y 879 a la de Cáceres.

En la sentencia, según el TJUE, se dice que "no cabe admitir el mantenimiento parcial de dichas cláusulas pues, de otro modo, se menoscabaría directamente el efecto disuasorio".

En todo caso el Tribunal Europeo apunta a que en el supuesto de que la hipoteca no pudiera subsistir sin la cláusula de vencimiento anticipado, los tribunales españoles pueden aplicar la LEC, que permite iniciar el vencimiento en caso de tres impagos.

De esta forma se evita tener que dictar la resolución del contrato, lo cual sería más perjudicial para el consumidor.

Sin embargo, ADICAE considera de manera "indiscutible" que la hipoteca puede continuar sin la cláusula de vencimiento anticipado. La obligación de pago o reembolso se mantiene y el banco puede reclamar el pago de cuotas vencidas y no abonadas por el cauce ordinario.

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Finalmente, la sentencia añade que si el Tribunal Nacional estima que el contrato puede subsistir sin la cláusula declarada nula, se elimina sin más, aunque ha señalado como excepción que si el consumidor considera que el procedimiento de ejecución hipotecaria le sería más beneficioso pueda solicitar su aplicación.

Por ello, ADICAE ha sostenido además que el procedimiento de reclamación ordinaria no es más perjudicial para el consumidor, que puede incorporar al juicio más elementos que los previstos para la oposición a la ejecución y en cualquiera de los casos, lo que se puede reclamar es lo no pagado y ya devengado.

A partir de ahora, conocida esta sentencia, ADICAE se dirigirá a las entidades para instarles a abrir el diálogo para que decenas de miles de hipotecados en España, miles de ellos en Extremadura, no tengan que afrontar batallas judiciales individuales.

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Por otro lado, la asociación ha advertido de que con la nueva ley de crédito inmobiliario "no se han acabado los problemas en este materia" y ha calificado como "una burla a los consumidores que con 12 cuotas impagadas el banco pueda iniciar el vencimiento anticipado".

Para la asociación, pese a la mejora, 12 cuotas o el 3 % del préstamos, es "claramente abusivo y desproporcionado".

En este sentido, ADICAE lleva exigiendo mucho tiempo que se regule esto con porcentajes similares a los europeos como en Alemania que tiene un 10 %, en Italia un 12,5 % o Francia un 20 %.

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