El asilo en México y EEUU: un derecho con dos formas de abordarlo

Siendo el asilo un derecho recogido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, tanto México como Estados Unidos contemplan[…]

Siendo el asilo un derecho recogido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, tanto México como Estados Unidos contemplan la solicitud de asilo en su legislación, recibiendo, sobre todo el segundo, decenas de miles de peticiones al año.

Estas son las principales diferencias entre estas dos naciones, según información aportada por la mexicana ONG Sin Fronteras, de acuerdo a datos oficiales de Naciones Unidas y otras instituciones.

México:

- El asilo se debe solicitar en el lapso de 30 días tras la entrada en México.

- Para incluir a los hijos basta mencionarlos. Todos los familiares incluidos en la solicitud pueden ser reconocidos como refugiados.

- En la ley, no se necesitan pruebas sobre lo que pasó en el país de origen. En la práctica, sí se piden pruebas para obtener el visado humanitario.

- La Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) entrevista a los solicitantes para conocer los motivos y las razones por los que no pueden regresar.

- La Comar estudia el caso en un plazo de 55 días hábiles para informar del resultado. En algunos casos, se puede ampliar el plazo por otros 45 días hábiles.

- Si la resolución es positiva, se debe acudir al Instituto Nacional de Migración (INM) para tramitar la residencia permanente como refugiado.

- Si es negativa, el solicitante puede presentar una apelación dentro de los 15 días hábiles. El dictamen puede tardar hasta 90 días hábiles.

- El solicitante tiene derecho a un abogado gratuito, del Instituto Federal de la Defensoría Pública.

- Al obtener constancia de asilo se puede solicitar ante el INM la tarjeta de visitante por razones humanitarias, que permite vivir y trabajar en el país. Con vigencia de un año.

- Aunque estos son los plazos previstos, el servicio en México está colapsado con un rezago del 52 % en los trámites debido en parte al gran aumento de las solicitudes en los últimos años, al pasar de 1.296 en 2013 a 14.603 en 2017.

- De acuerdo con la ONG Sin Fronteras, de las 30.249 solicitudes de asilo desde el inicio del mandato del presidente Enrique Peña Nieto, a finales del 2012, esta condición fue concedida a un total de 6.821 personas.

- Haber tramitado una solicitud de refugio en México limita las opciones en Estados Unidos.

Estados Unidos:

- El asilo debe solicitarse en el lapso del primer año desde la entrada en Estados Unidos.

- Para incluir a los hijos, deben ser menores de 21 años.

- Se ha de aportar información sobre el país, como la situación en derechos humanos y hechos particulares que se presentan ante el funcionario que realiza el trámite y el juez.

- La Oficina de Asilo programa una entrevista en un máximo de 60 días después de presentar solicitud, aunque el trámite se puede demorar mucho más, pues el alud de peticiones ha alargado los tiempos de espera.

- Después de la entrevista, el funcionario de asilo comunica la decisión, a menudo por carta.

- Si el funcionario de asilo decide que se reúnen los requisitos necesarios, se recibe una "aprobación" o "aprobación recomendada". Un año después, se puede presentar una petición para ganar el estatus de residente permanente.

- Si no se obtiene el asilo en entrevista, se acude a una audiencia ante el Tribunal de Inmigración, donde se han de otorgar pruebas adicionales.

- Puede pedir el permiso de trabajo si la petición de asilo ha sido aprobada.

- Según datos del Gobierno estadounidense, un total de 234.534 personas fueron puestas en procesos de deportación en 2018. De estas, 97.192 (un 41 % del total) alegaron tener miedo a volver a su país o pidieron directamente el asilo.

- Se gestionaron 83.862 casos, de los que 74.574 (89 %) fueron considerados como veraces por los agentes, y continuaron el proceso para que un juez resolviera la petición de protección.

- El pasado 9 de noviembre, el presidente, Donald Trump, limitó las opciones para los solicitantes de asilo mediante una orden presidencial que impide que esta protección sea concedida a quienes acceden de forma irregular. La medida fue impugnada ante un tribunal por la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU).

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