¿Cómo se cobran las horas extras?
Si el trabajador realiza horas extraordinarias será el convenio colectivo de aplicación, o en su defecto, el contrato de trabajo, el que establezca la forma de compensarlas. Se podrá optar entre abonarlas...
J. F. ha empezado a hacer horas extras en su trabajo y le gustaría saber cómo se cobran, si con dinero o con días libres. También pregunta a nuestros expertos cómo cotizan en la Seguridad Social.
Marga Pérez, abogada de ARAG, le responde que si el trabajador realiza horas extraordinarias será el convenio colectivo de aplicación, o en su defecto, el contrato de trabajo, el que establezca la forma de compensarlas. Se podrá optar entre abonarlas o compensarlas con descanso por tiempo equivalente. Según marca el Estatuto de los Trabajadores, en ausencia de pacto, se entiende que deberán ser compensadas por descanso, dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.
En el caso de pagarlas, el valor será en la cuantía que se fije, pero nunca deberá ser inferior al valor de la hora ordinaria. Aparte de su cotización, a efectos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, tienen una cotización concreta adicional que se establece cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Para este año, si son horas extras motivadas por fuerza mayor, la cotización sería el 12 por ciento para la empresa y el 2 por ciento para el trabajador. Si son horas extras en general, el 23,6 por ciento es a cargo de la empresa y el 4,7 por ciento a cargo del trabajador.
La realización de horas extras y el ofrecimiento de la empresa son voluntarios. Serán obligatorias cuando se hayan pactado en el contrato de trabajo o en el convenio colectivo y cuando sean necesarias para reparar siniestros u otros daños extraordinarios o bien sean urgentes. En el caso de negativa por parte del trabajador, este podrá ser objeto de la oportuna sanción disciplinaria.