Perito dice que último contrato de directivos CAM bajó el derecho de subsidio

Una de las peritos que han intervenido hoy durante el juicio contra la antigua cúpula de la Caja de Ahorros[…]

Una de las peritos que han intervenido hoy durante el juicio contra la antigua cúpula de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) ha sostenido que el último contrato suscrito por los directivos rebajó las cuantías de los subsidios, al fijar una revisión salarial "muy bajita" y no incluir los incentivos.

Propuesta por las defensas de los ex directores generales de la CAM Roberto López Abad y María Dolores Amorós, Aranzazu Arias ha aclarado que la exteriorización de las pólizas con la aseguradora Caser para prejubilaciones, incapacidades y decesos, era una práctica obligada para todas las cajas y ha negado que el exceso de prima repercutiera sobre los trabajadores.

De acuerdo al auto por el que fueron procesados los ocho exdirectivos, acusados de presunta estafa continuada y falsedad contable en los estados anuales de 2010 y del primer semestre de 2011, los miembros del comité de dirección cobraron indebidamente 47,3 millones de euros por diversos conceptos relativos al exceso pagado a Caser.

Como consecuencia, proseguía el instructor, dicho órgano se aseguró una prestación adicional para el momento de la jubilación que tuviera como referencia el nivel salarial de 2010, "ejercicio con cuentas de resultados alteradas y artificialmente infladas, con un perjuicio bruto de 2,1 millones de euros".

Según Arias, los últimos acuerdos adoptados por los directivos de la CAM "quienes tenían derecho a la indemnización por contrato", contenían unos baremos inferiores a los aprobados en 2007.

Asimismo, ha dicho que la exteriorización permitió generar intereses "muy altos, del 3,70 %", que fueron bien acogidos en el seno de la entidad en un contexto en el que la futura baja de tipos ya era previsible.

Acto seguido ha comparecido el experto a petición de la Fundación Obra Social Caja Mediterránea Juan José Silva, que ha asegurado que la comercialización de las cuotas participativas se produjo a fin de mejorar únicamente los recursos financieros de los que disponía la entidad, esto es, su solvencia.

De igual modo, ha aclarado que como consecuencia de la "ruina económica" fruto de la participación y la reducción del capital, la fundación se vio perjudicada al no contar con una fuente de financiación.

Por su parte, los peritos que analizaron el perfil de los tenedores de cuotas participativas han cuestionado la lista de afectados aportada por la acusación que ejerce el letrado Diego de Ramón pues, a tenor de su informe, de los 608 representados tan sólo 30 cumplen con los requisitos para ser compensados por su inversión.

Según consta tanto en el auto de apertura de juicio oral como en el escrito de la Fiscalía, que solicita penas de hasta siete años de prisión, son parte de esta pieza principal únicamente las cuotas comercializadas entre las 13.03 del 1 de marzo de 2011 y el 22 de julio de ese año, fecha en que se hizo público el inicio de reestructuración de la CAM.

También ha participado en esta jornada el perito psiquiátrico propuesto por una de las acusaciones particulares, que ha destacado el trastorno físico y moral y la posterior depresión que originó la quiebra de la caja a uno de los clientes personados en la causa.

Una vez las partes han dado por reproducida la prueba documental, la sección cuarta de la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha suspendido la sesión hasta el próximo 17 de julio, jornada en la que se procederá a la presentación de las conclusiones de un juicio que se prevé que quede visto para sentencia esa misma semana.

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