Penas de hasta cinco años de cárcel para acusados de fraude de seguros falsos
La Audiencia Nacional ha condenado al representante de la aseguradora Merrion en España François Verkaeren y a su apoderado, Dominique[…]
La Audiencia Nacional ha condenado al representante de la aseguradora Merrion en España François Verkaeren y a su apoderado, Dominique Testu, a cinco años y cuatro años y un día, respectivamente, como autores de estafa continuada al "engañar a sus clientes" a través de seguros y avales con falsas garantías.
La sección primera de la sala de lo Penal absuelve, en cambio, al resto de acusados por la Fiscalía, Román Arranz, Ricardo Cerdá y Manuel Prado, tras estimar que si bien entraron en contacto con la operativa, los indicios "no son de suficiente calidad como para afirmar" que engañaron "conscientemente" a los tomadores de seguros, entre ellos bancos como BBVA, Santander o CaixaBank.
En su sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el tribunal apunta a Verkaeren por ser quien diseñó, junto con el que fuera apoderado ya fallecido, Alberto Cerdans, una "estrategia del engaño" a la que se unió tiempo más tarde Testu.
Los ahora condenados "ofrecieron contratos de seguro, recibieron el precio de las primas, suscribieron las pólizas, y actuaron con ánimo de lucro y conciencia de la ficción sobre la que operaba el negocio".
Para ello, constituyeron varias sociedades -Shamrock Cerdans, Merrion Gestion y Gestión de Seguros Actuariales-, estableciendo una red comercial "para captar clientes, abriendo y manejando cuentas en las que ingresaban las primas" que después se repartían entre ellos.
Los magistrados fundamentan estas irregularidades en la "inexistencia de libros oficiales, de contabilidad y de declaraciones fiscales".
Actos propios de la estafa realizados "de manera conjunta" por los tres en calidad de coautores del delito de estafa por el que la Fiscalía solicitaba penas de entre ocho años y tres años y medio de prisión.
La sentencia estima en 250 millones de euros el importe de las cantidades aseguradas por medio de los 821 contratos de caución suscritos con Merrion, en tanto que cifra en casi tres millones de euros la cuantía de las primas, dinero del que "se apropiaron inmediatamente" sin responder a las obligaciones contraídas.
Al respecto califica de "incontestable" que Verkaeren actuó en nombre de una compañía que "aparentaba una solvencia de la que carecía, que no estaba autorizada para intervenir en España", hechos a pesar de los cuales "firmó contratos, cobró primas, recibió el dinero y no hizo frente a ninguno de los compromisos".
Relato similar al que emplea para Testu, quien intervino en nombre de Merrion y Mutuelle de Strasbourg, a sabiendas de que eran dudosas.
Una versión que contraría al propio apoderado, que durante la vista oral se desmarcó de cualquier responsabilidad en la captación de clientes e insistió en que sólo supo que la aseguradora no tenía permisos para operar en territorio español una vez se inició la causa.
En la nómina de afectados figuran entidades bancarias como BBVA, Santander (antes BSCH), CaixaBank (como heredera de La Caixa y Banco de Valencia) y varias cajas rurales.
También constan otras compañías como Mahou, Ebro Puleva y Eacasa (actual Renault Retail Group Barcelona), organismos públicos como las Consejerías de Trabajo y de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, así como la Tesorería General de la Seguridad Social.
A todos ellos, más de 160 afectados, los condenados deberán resarcir por un monto total de más de 13,7 millones de euros en concepto de responsabilidad civil directa una vez la sentencia sea firme.
Respecto al resto de acusados, el fallo, del que ha sido ponente el juez Ramón Saez Valcárcel, cree que no ha quedado acreditado que estuvieran al tanto de que Verkaeren, Cerdans y Testu "se apropiaban de las primas y no tenían voluntad ni capacidad para hacer frente a los siniestros que aseguraban".
Asimismo, reconoce que la capacidad informativa y de convicción de las pruebas se ha visto "indudablemente afectada" por el transcurso del tiempo, en alusión a unos hechos que ocurrieron hace casi dos décadas.
Motivo por el que la sala ha aplicado la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas a un caso, iniciado en 2002, que llegó a estar paralizado durante siete años tras el intento "frustrado" de averiguar el destino final del dinero.