¿Qué me puedo deducir en la declaración de la renta por ser familia numerosa?

La deducción será de hasta 1.200 euros anuales por familia numerosa de categoría general y se incrementará en un 100 por 100, es decir, hasta 2.400 euros anuales, en el caso de familia numerosa de categoría especial.

J. E. acaba de tener otro hijo y ya son familia numerosa, por ello le gustaría saber si se puede deducir algo por ello en su próxima declaración de la renta y cómo puede solicitar esa deducción. 

Antonio Paredes, experto tributario de Gestha, le responde que la Ley del Impuesto sobre la Renta establece una serie de deducciones destinadas a reducir la tributación de los contribuyentes con mayores cargas familiares. Entre ellas está la deducción por familia numerosa, que pueden practicar los contribuyentes que sean ascendientes que formen parte de una familia numerosa conforme a la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.

Podrán aplicar estas deducciones los contribuyentes asalariados o autónomos que estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, desempleados que estén cobrando una prestación del sistema de protección del desempleo y pensionistas.

La deducción será de hasta 1.200 euros anuales por familia numerosa de categoría general y se incrementará en un 100 por 100, es decir, hasta 2.400 euros anuales, en el caso de familia numerosa de categoría especial. Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de la deducción su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales. La determinación de la condición de familia numerosa se realizará de acuerdo con su situación el último día de cada mes.

La deducción se aplica, para cada contribuyente con derecho a la misma, proporcionalmente al número de meses en que se cumplan de forma simultánea los requisitos previstos para aplicarla. En la práctica y simplificando, supondría 100 euros por cada mes que se cumpla el requisito de familia numerosa (200 en caso de categoría especial) así como el requisito de hallarse de alta como asalariado o autónomo (cotizando más de 100 euros al mes, en caso contrario la deducción disminuye) o hallarse desempleado cobrando prestación o ser pensionista.

Esta deducción se percibirá sea cual sea el resultado de nuestra declaración de renta, y se puede percibir de forma anticipada. Así, si se opta por percibir los 100 euros mensuales en lugar de esperar a la declaración de la renta del año que viene se puede solicitar a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Además de esta deducción estatal hay bastantes comunidades autónomas con deducciones específicas para familias numerosas que conviene consultar a la hora de hacer la declaración de la renta.

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