TSJ ordena la inmediata readmisión de trabajadora despedida al pedir aumento
Murcia, 21 mar (Efe).- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia[…]
Murcia, 21 mar (Efe).- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha ordenado la "inmediata readmisión" de una trabajadora que fue despedida al pedir un aumento de sueldo al gerente de la empresa y con efectos incluso de un día anterior a la conversación en la que le planteó el tema.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima el recurso que esta trabajadora, que prestaba sus servicios como ayudante de camarera en la empresa demandada, "E.M.E.", presentó contra la dictada por el Juzgado de lo Social número Uno de Cartagena (Murcia).
Esta primera sentencia recogió como hechos probados que la ahora apelante mantuvo una conversación con el gerente el cinco de julio de 2016 para pedirle una subida de sueldo, "a lo que este contestó que no era posible y que podía pasar a recoger el finiquito".
Y así ocurrió, porque la empresa procedió a su despido con efectos del día anterior, lo que le fue comunicado a traves de una carta en la que se reconocía la improcedencia del mismo y se le abonaban 566 euros como indemnización por despido y otros 412 euros por la parte proporcional de las vacaciones.
La sentencia ahora revocada declaró improcedente el despido y extinguida la relación laboral que había unido a las partes desde noviembre de 2015.
Ahora, la Sala de lo Social del TSJ, al estimar el recurso de la empleada, indica que el despido debe ser declarado nulo, por lo que condena a la empresa demandada a su "inmediata readmisión" y al pago de los salarios de tramitación desde la fecha del despido.
Además, se condena a la demanda a pagar mil euros a la empleada por daños morales, frente a los doce mil que esta había reclamado
Dice el tribunal, que tiene como ponente al magistrado José Luis Alonso, que "el hecho de que el ejercicio de un derecho haya supuesto una represalia en forma de despido supone en sí misma un daño moral evaluable, que se fija, de forma prudencial en mil euros".
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