Mifid II da más transparencia y seguridad jurídica a productos de inversión
El Real Decreto Ley que transpone la normativa europea Mifid II convalidada hoy en el Congreso servirá para asegurar la[…]
El Real Decreto Ley que transpone la normativa europea Mifid II convalidada hoy en el Congreso servirá para asegurar la estabilidad y buen funcionamiento de los mercados de capitales y para reforzar la protección y la información al consumidor minorista de productos y servicios financieros.
Así lo han explicado hoy fuentes del Ministerio de Economía, que han añadido que otro de los objetivos fundamentales de esta norma, cuya transposición se completará mediante un Real Decreto que estará listo a principios de diciembre, es "devolver la confianza a los mercados, que se estaba perdiendo".
De esta forma se eleva la protección jurídica de la comercialización de estos productos para evitar que los inversores se vayan a otros países, han explicado las fuentes, que han añadido que "con seguridad jurídica se puede atraer inversión".
Mifid II refuerza, por tanto, la protección al inversor y establece el régimen de autorización, conducta y supervisión de las empresas de servicios de inversión, al tiempo que reconoce nuevas facultades de supervisión y sanción a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Entre las novedades destaca la limitación del cobro de incentivos y retrocesiones por asesorar a los clientes en la venta de determinados productos de inversión, para evitar los conflictos de interés de la comercializadora a la hora de seleccionar los productos más adecuados para sus clientes.
También introduce nuevos requisitos para vender depósitos estructurados y aumenta la vigilancia y el control de los productos.
Preguntadas por la cuantía que las entidades dejarían de cobrar en forma de los citados incentivos o retrocesiones por asesoramiento y gestión de carteras, las fuentes no ofrecieron ninguna cifra, pero insistieron en que estas comisiones se permiten siempre que se demuestre que se ha incrementado la calidad del servicio que se presta.
Por lo tanto, dijeron, lo único que tienen que hacer las entidades es dar acceso a sus clientes a toda la gama de productos, y no solo a los de su propia gestora, para poder cobrar unas retrocesiones que "son una parte sustancial de sus retribuciones".
La convalidación del real decreto, por otra parte, no acaba con la posibilidad de que España sea sancionada, sino que hay que esperar a que se complete del todo la trasposición de la norma, y ese es otro motivo que explica la urgencia del procedimiento.
En cualquier caso "vamos por el buen camino, así se lo hemos transmitido a la Comisión y ellos lo entienden así", han explicado desde Economía, para añadir que no podemos quedarnos aquí y tenemos que trasponer lo que queda "en un plazo adecuado" para evitar la sanción.