Requisitos del desconocido complemento de brecha de género: 1.512€/año más en pensión

El complemento por brecha de género es un auténtico desconocido. Estos son los requisitos para solicitarlo ya que pueden añadir 1.512€ al año a la pensión

Los trabajadores que se jubilaron a partir de febrero del año pasado pueden solicitar junto a su pensión de jubilación el complemento para reducir la brecha de género.

Tiene como finalidad subsanar el posible perjuicio que se haya producido en la carrera profesional de los trabajadores durante los periodos posteriores al nacimiento de un hijo.

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Según fuentes del Ministerio de Seguridad Social, estos perjuicios los han sufrido más “las mujeres y son una de las principales causas de la existencia de la brecha de género en la cuantía de la pensión".

No obstante, aunque en principio va dirigido a las madres, también pueden solicitarlo aquellos padres que hayan visto penalizada su carrera laboral tras el nacimiento de sus hijos.

En el caso de tratarse de dos mujeres, el complemento se otorgaría a la que cuente con la pensión más baja.

Un complemento poco solicitado

Tras los 19 meses que han pasado desde su implantación, en febrero de 2021, “el número de pensionistas que han solicitado este complemento no ha sido tan numeroso como se esperaba”, reconocen los analistas en pensiones, que atribuyen la falta de solicitudes al desconocimiento que existe sobre él.

Este desinterés contrasta con el importante complemento que puede suponer para la pensión de jubilación.

Establece una cuantía fija de 378 euros al año por hijo, 27 euros al mes, hasta un máximo de 4 hijos, y se abona en 14 pagas. Representa un ingreso anual de hasta 1.512 euros para familias con 4 hijos.

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Este importe inicial se revalorizará anualmente de acuerdo al IPC -del mismo modo que las pensiones- por lo que los complementos reconocidos antes de 2022 se han beneficiado de una revalorización del 2,5 por ciento este año.

Requisitos

No todos los jubilados que hayan visto penalizada su carrera profesional tras el nacimiento de sus hijos pueden acceder a este complemento.

Se exige cumplir una serie de requisitos entre los que destaca estar adscrito a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social y solicitar una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad. A ello se suma tener un hijo o más inscritos en el Registro Civil.

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Asimismo, los complementos que puedan ser reconocidos en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social son incompatibles entre sí. Por ello, se abonarán en el régimen en el que el pensionista tenga más períodos de alta.

En el caso de que el solicitante sea un hombre, tendrá que cumplir requisitos adicionales como tener una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad.

Al que se añade “causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción”

Procedimiento para solicitar el complemento

Aquellos que cumplan los requisitos exigidos, deben pedir el complemento para reducir la brecha de género junto al trámite de solicitud de la pensión en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o en el Instituto Social de la Marina si se trata de un trabajador del mar.

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Si el solicitante tiene cl@ve, DNI electrónico o certificado digital, podrá hacerlo desde el portal Tu Seguridad Social.

Los que no dispongan de estos medidos de identificación pueden demandarlo a través de la plataforma habilitada por el INSS para solicitud y trámites de prestaciones de la Seguridad Social, disponible en este enlace.

En la solicitud hay que marcar la casilla específica para pedir el complemento y rellenar los datos relativos a los hijos.

El INSS también dispone de dos teléfonos de información para resolver las dudas de los solicitantes, el 901 166 565 y el 915 421 176.

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