¿Paga Inditex todos los impuestos que debería en España?

Los impuestos abonados por la compañía textil ascienden a mil millones de euros en el último año

Esta semana ha sido noticia un estudio presentado por grupo de los Verdes en el Parlamento Europeo (ver aquí) sobre las prácticas fiscales del grupo Zara. En realidad grupo Zara no existe, pues Zara es una de las marcas que forman parte del grupo Inditex. 

En dicho informe se estima que las prácticas de evasión fiscal han supuesto un ahorro en el pago de impuestos de €585m entre los años 2011 y 2014. El principal factor es el pago de royalties por servicios financieros prestados entre sociedades del grupo. 

¿Qué son los royalties? Su origen generalmente son pagos de empresas con actividad comercial a sociedades holding del grupo con actividad financiera. La estimación realizada por los autores del informe se realiza en base a los ingresos de las sociedades sobre un porcentaje del 5% que es el cociente entre el gasto por royalties a ITX Merken -empresa localizada en Holanda- y las ventas de una filial italiana a aquella.

 En el caso de España, sobre unas ventas estimadas de 14.541 millones de euros en el periodo 2011 a 2014 obtienen un gasto de royalties de 727 millones de euros, que su vez y sobre una tasa fiscal del 30%, supondría una pérdida de ingresos por impuestos de 218 millones de euros. 

Lo primero que hay que aclarar es que los cargos intragrupo están controlados por los auditores que comprueban si dichas operaciones se ejecutan a valor de mercado para no modificar artificialmente el resultado de las sociedades que realizan la operación. 

Además, dichas operaciones son fiscalizadas tanto por cada país como internacionalmente. A nivel nacional existe la obligación de suministrar información con un detalle por país sobre las operaciones intragrupo, que en el caso español se fundamenta en el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (RD 634/2015). A nivel internacional, la OCDE fija unas normas de uso común, basadas en el principio básico "arm's length" que puede traducirse según @sefuelix -otro miembro de Thinknomics- como la distancia entre dos personas que no tienen ninguna relación, y para la que se toma la longitud del brazo. Los precios de transferencia entre dos compañías de un mismo grupo deberían ser entonces iguales a si se trataran de dos empresas independiente. En el siguiente vínculo, cortesía de @sefuelix, el lector puede encontrar un artículo publicado por la OCDE sobre los precios de transferencia (leer artículo

En resumen, son una práctica legal además de habitual en empresas de gran dimensión. El propio @sefuelix lo sintetiza de manera acertada: Zara no puede, por obligación legal, pagar a su filial holandesa menos dinero por sus royalties que si fuera una empresa ajena al grupo. Si pagara menos obtendría más beneficios en España y pagaría más impuestos, y, además, le caería una multa por no respetar los principios de competencia. 

Lo segundo que debe aclararse es que no hay evidencia, al menor a priori, de que el gasto por royalties en el caso de las empresas localizadas en España sea tan alto como se indica en el informe. Por ejemplo, Zara obtuvo en 2014 unos ingresos de 1.466 millones de euros y unos gastos con sociedades del grupo, excluyendo a la sociedad matriz que está domiciliada en España, de 4 millones de euros, es decir un 0,2% del total (0,3% en el año 2013). Las Cuentas de Zara no detallan si esos 4 millones se deben íntegramente a royalties -existen otros servicios como por ejemplo el alquiler de las tiendas- ni tampoco si de ser todo royalties el destino es exclusivamente ITX Marken. En cualquier caso, para el ejercicio presentado al Parlamento Europeo, lo mejor habría sido consultar con Inditex. Con posterioridad a la publicación del informe, la compañía ha hecho público un comunicado (ver aquí) en el que entre otras correcciones indica que las entidades españolas no pagan cantidad alguna por royalties - en su nota denominados derechos de propiedad industrial-, sino que reciben beneficios de su explotación. 

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Según el informe, Inditex habría dejado de pagar a la Hacienda española 218 millones de euros en el periodo comprendido entre los años 2011 y 2014. Tomando como referencia los pagos intragrupo de una de las principales empresas que operan en España dicho importe tendría un valor máximo de 50 millones de euros, pero esta aproximación no tiene en cuenta los ingresos que a su vez ingresan las empresas holding en España. De hecho Inditex ha confirmado que en España no se paga sino que se ingresa por royalties lo que implica un pago adicional de impuestos a la hacienda española.

Independientemente de si paga o no impuestos en España por operaciones intragrupo, con el marco legal vigente Inditex, o cualquier otra empresa, tiene todo el derecho a pagar los impuestos que le corresponda liquidar. 

En términos económicos, el informe publicado ante el Parlamento Europeo tiene entre uno de sus objetivos que se alinee la actividad económica con el pago de impuestos comparando en su primera página los márgenes de las empresas que se dedican venta al público de prendas de vestir en sus locales, con aquellas sociedades que prestan servicios como son la gestión logística, de la marca o cómo organizar esa tienda. Las primeras están vinculadas con lo material, las segundas con lo inmaterial. Si descompusiéramos la cadena de valor de Inditex y excluyéramos lo segundo, obtendríamos una empresa del sector distribución sin ventaja competitiva alguna y con bajos márgenes operativos. Considerar que sólo lo material genera actividad y no así lo inmaterial es, en mi opinión, no entender la economía. 

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Si entramos en el terreno de lo moralmente debido -el citado informe destaca que el traspaso del pago de impuestos desde España a Holanda ha supuesto un elevado coste social en una economía que ha sufrido una gran crisis con un incremento de la deuda pública- conviene por ejemplo considerar que la sociedad holding Inditex S.A. -una de las numerosas empresas del grupo que operan en España- ha realizado donativos en los últimos cuatro años por algo más de 40 millones de euros, aportación voluntaria sobre la que no existe ninguna obligación de realizar.

En resumen, no se trata de hacer un ejercicio de defensa de Inditex, para lo que seguro se vale mejor la propia empresa. Sí se trata de poner las cosas en perspectiva. Hace unos meses el diario Financial Times se hizo eco de un análisis erróneo sobre el no pago de impuestos de El Corte Inglés  (puede leerse aquí).

En ambos casos existe un impacto negativo sobre la imagen de la compañía (este video es un buen ejemplo) que creo, resulta injustificado.

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Que Inditex paga impuestos está fuera de toda duda. En los últimos cuatro años entre Impuesto de Sociedades, tributos o cotizaciones sociales ha pagado, bajo la hipótesis que el gasto por tributos y cotizaciones se corresponde con su pago, de cerca de 3.500 millones de euros de los cuáles en 2015 fueron 1.000 millones. Estos cálculos no incluyen el impacto sobre las arcas públicas de la recaudación por el IVA de las ventas del grupo.

Que Inditex paga lo que le corresponde según la normativa actual ha sido el objetivo de este artículo.

*Nota: mi agradecimiento @sefuelix usuario de Twitter y compañero en el
grupo ThinknomicsGlobal y que ha colaborado en el artículo con la
referencia  al artículo publicado por la
OCDE y a la síntesis de lo que suponen los precios de transferencia.

Javier García Echegaray escribe en Thinknomics Global y tiene experiencia en modelos de valoración de empresas y en proyectos de inversión en sectores como medios de comunicación, utilities o petróleo.

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