Las deducciones que te puedes aplicar al declarar tu vivienda habitual
La vivienda habitual todavía puede ser objeto de deducciones. Pero solo para aquellos contribuyentes que adquirieron una vivienda antes del[…]
La vivienda habitual todavía puede ser objeto de deducciones. Pero solo para aquellos contribuyentes que adquirieron una vivienda antes del 1 de enero de 2013, (excepto por aportaciones a cuentas vivienda), estableciéndose un régimen transitorio, regulado en la nueva disposición transitoria decimoctava de la Ley de IRPF, que les permite seguir disfrutando de la deducción en los mismos términos y con las mismas condiciones existentes a 31 de diciembre de 2012.
¿Quiénes tienen derecho al régimen transitorio¿
Desde el 1 de enero de 2013 solo tienen derecho a aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual por las cantidades satisfechas en el período de que se trate los siguientes contribuyentes:
a) Los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual o satisfecho cantidades para la construcción de la misma con anterioridad a 1 de enero de 2013.
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