El TS eleva a 14 años la pena para la cómplice en el asesinato de Carrasco

El Tribunal Supremo, en una deliberación fugaz, ha elevado a 14 años la pena de prisión para la policía municipal[…]

El Tribunal Supremo, en una deliberación fugaz, ha elevado a 14 años la pena de prisión para la policía municipal Raquel Gago, considerada cómplice en el asesinato de la expresidenta de la Diputación de León Isabel Carrasco, matada a sangre fría en mayo de 2014. El Alto Tribunal acepta así la petición de la Fiscalía, quien en un recurso solicitó aumentar la pena para Gago en dos años por aceptar hacerse cargo del arma del crimen de forma voluntaria.

Las penas para las autores materiales del asesinato, Montserrat Ascensión González y Montserrat Triana Martínez (madre e hija), se mantienen en 22 y 20 años de prisión respectivamente. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León las consideró culpables del asesinato y el Tribunal Supremo ha avalado todos sus argumentos.

La razón por la que el Tribunal Supremo eleva la pena para Gago es que aprecia que no solo fue cómplice del asesinato, sino que además cometió un delito de tenencia ilícita de armas. La Fiscalía argumentó que la policía municipal tuvo «voluntad de detentación» del arma; el Tribunal Superior de Castilla y León solo consideró probado un contacto «puramente material» con el arma.

El Ministerio Público, que ayer expuso sus razones para elevar la pena a Gago, argumentó que la policía municipal conocía además que era un revólver sin licencia, que había sido alterado para borrar su número y aun así tuvo el arma en su poder durante al menos 30 horas. Así lo expresó en su recurso ante el Supremo, al que tuvo acceso ABC. El abogado de Gago defendió que nunca supo del arma utilizada, informa Ep.

Los recursos de las autoras materiales, madre e hija, no han salido adelante. El Supremo ha rechazado sus argumentos y ha confirmado las condenas en una sentencia cuyo contenido se conocerá en unos días. La Fiscalía rechazó que Montserrat González sufriera una enfermedad mental y alegó que actuó movida por el odio, razón por la que no cabe una eximente. Sobre la hija, el Ministerio Público señaló que no había duda sobre un plan coordinado entre ambas para cometer el crimen.

El principal objetivo de las defensas de ambas fue, precisamente, rechazar este tesis: negaron que existiera un plan para el asesinato con la intención de exculpar a la hija. Según esta versión, la hija llamó incluso a su madre para decirle que no cometiera ninguna barbaridad.

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