TS ve discriminatorio negar alta en SS a embarazada no puede hacer el trabajo
El Tribunal Supremo ha considerado discriminatorio negar a una enfermera de las listas de contratación temporal de Osakidetza su alta[…]
El Tribunal Supremo ha considerado discriminatorio negar a una enfermera de las listas de contratación temporal de Osakidetza su alta en la Seguridad Social cuando, tras ser llamada a trabajar, no pudo prestar servicio ni un solo día al estar embarazada y en situación de riesgo, según el sindicato ELA.
La central ha informado en una nota de que la sentencia del TS, dictada el 26 de febrero pasado, da la razón al sindicato ELA y a esta trabajadora, que perdió su contrato y su prestación por maternidad porque tanto la Inspección de Trabajo como la Tesorería General de la Seguridad Social consideraron su alta un fraude de ley.
La trabajadora fue llamada a trabajar de las listas de contratación temporal de Osakidetza y llegó a ser contratada, pero al estar embarazada y en situación de riesgo no pudo prestar servicio ni un solo día, lo que llevó a la Tesorería General de la Seguridad Social a anular su alta.
La resolución judicial, según ELA, dice que "considerar que la mujer embarazada, en situación de riesgo por embarazo, no tiene aptitud ni capacidad para ser contratada porque necesita haber iniciado la actividad laboral, supone tanto como negar la plena integración de la mujer embarazada, a todos los efectos, en una bolsa de trabajo".
Según añade, ello "pone de manifiesto el carácter discriminatorio por razón de sexo, pues trunca de entrada sus posibilidades laborales, situando a la mujer en desventaja por el riesgo asociado a la maternidad en general y al embarazo en particular", según la misma fuente.
ELA ha recordado que no asiste a la mesa sobre igualdad de Osakidetza desde junio de 2017 y que puso como condición para participar en la negociación que el Servicio Vasco de Salud tomase medidas inmediatas para que las mujeres embarazadas y parturientas pudiesen ser contratadas.
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