Renta 2015: las ocho recomendaciones para sacar el máximo partido a la declaración
El IRPF de 2015 está cargado de novedades como consecuencia de la reforma fiscal. Pero REAF-Regaf, la asociación que agrupa[…]
El IRPF de 2015 está cargado de novedades como consecuencia de la reforma fiscal. Pero REAF-Regaf, la asociación que agrupa a los asesores fiscales, repasaron hoy ocho puntos con los que el contribuyente puede preparar unas cuentas más favorables con el fisco de cara a este año y siguientes.
Así, entre las recomendaciones destacan:
Si tiene acceso a un beneficio fiscal que puede reinvertir el próximo año, no se olvide de comunicar en la declaración esta intención porque puede verse privado de este derecho. Este caso se aplicaría a la reinversión de vivienda habitual, de acciones e entidades o si es mayor de 65 años y con el importe va a constituir una renta vitalicia si transmite bienes y derechos.
Si obtiene una ganancia patrimonial en una venta a plazos no olvide comunicarlo a medida que vaya a cobrarlo.
Si ha recibido un bonus generado en más de dos años, además si puede reducir este rendimiento porque no ha percibido y reducido otro similar en los cinco años anteriores, también le conviene analizar si le interesa hacerlo o esperar a recibir un importe superior en los cinco años.
Si es mayor de 65 años y ha transmitido un elemento patrimonial distinto a la renta vitalicia le conviene estudiar si le interesa exonerar de tributación la ganancia y consumir todo o parte del límite de 240.000 euros o le conviene esperar a transmitir otro derecho o bien con una ganancia mayor.
Si lo adquirió antes de 1995 y puede aprovechar los coeficientes de abatimiento le puede interesar que tribute la ganancia y no consumir los 400.000 euros de límite.
Si se ha jubilado en 2015 y tiene algún sistema de previsión social con aportaciones anteriores a 2007, le interesa pensar qué cobro le conviene reducir en un 40% por considerarlo percepción en forma de capital en lo correspondiente a aportaciones anteriores a dicho año.
Si tiene participaciones preferentes y en 2015 llega a un acuerdo con la entidad bancaria puede decidir de manera separada el canje, la recompra y la compensación o hacer abstracción de las operaciones intermedias y declarar en el ejercicio en el que sea exigible la compensación.
Si hace aportaciones a sistema de previsión social y supera el límite del 30% d rendimientos del trabajo puede solicitar la compensación del exceso al presentar la declaración, pudiendo reducir dicho exceso en la base imponible en los cinco años siguientes.