Hacienda facilita el trámite fiscal de las cláusulas suelo

Las devoluciones en efectivo se incluirán en la declaración del año siguiente a su cobro, en vez de tener que liquidar una complementaria

La Agencia Tributaria ha habilitado una solución específica para que los afectados por las cláusulas suelo que cobren las cantidades que pagaron de más en sus hipotecas puedan regularizar esas cuantías sin demasiado esfuerzo ni procesos complejos. Hacienda permitirá que esos contribuyentes puedan actualizar -a la baja- la deducción por vivienda de la que se beneficiaron en su momento en la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio en el que obtengan ese dinero, vía acuerdo con el banco o por sentencia judicial.

Por lo tanto, si el dinero de las cláusulas suelo se hubiera percibido en 2016, se regularizará esta situación fiscal en la declaración que se presente a partir del próximo mes de abril. En el caso de que el dinero se reciba durante 2017, la actualización de estas devoluciones se realizaré en la liquidación que se presentará el próximo año y afectará, con carácter general, a las deducciones por vivienda habitual practicadas en 2013, 2014, 2015 y 2016, los ejercicios aún no prescritos.

La Agencia Tributaria explicó este martes estas novedades en una nota informativa colgada en su página 'web' en la que aclara que no será necesario que estos ciudadanos tengan que presentar las declaraciones complementarias de los años anteriores en los que se hubieran desgravado de más por pagar cuotas hipotecarias más elevadas de lo que les correspondía. El de la complementaria es el camino habitual para rectificar una liquidación del IRPF ya presentada ante el fisco, aunque modificar esa declaración puede suponer más de un problema a quienes no estén habituados a realizar estas operaciones ante Hacienda.

El fisco también recuerda que si los beneficiarios de los reintegros por las cláusulas suelo no perciben dinero, sino una solución alternativa, como la reducción de la deuda hipotecaria, no tendrán que devolver el exceso de la deducción por primera vivienda en el IRPF. 

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