Las empresas tendrán 5 años para reflejar en sus cuentas los cambios fiscales

Las empresas que tengan que devolver a Hacienda las deducciones por pérdidas por deterioro de inversiones en participaciones que se[…]

Las empresas que tengan que devolver a Hacienda las deducciones por pérdidas por deterioro de inversiones en participaciones que se apuntaron antes de la reforma fiscal de 2013, y que generaron un menor pago a Hacienda, deberán reconocer en las cuentas anuales de 2016 al menos una quinta parte de ese deterioro.

Según han explicado fuentes del Ministerio de Economía, las empresas, los auditores y los mismos órganos supervisores habían trasladado al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), dependiente de Economía, sus dudas sobre el tratamiento contable a dar al hecho de que las empresas tengan que revertir las citadas cantidades, lo que harán a partir de este mismo año, en la declaración fiscal del ejercicio 2016, y por la quinta parte del deterioro fiscal a revertir en ese ejercicio.

Hasta 2013, recordaron las fuentes, las compañías se podían deducir en su declaración determinadas pérdidas por deterioro de inversiones ocurridos antes de ese año, y ahora el Real Decreto Ley modifica cómo revertir ese deterioro, que en su día era deducible (es decir se pagó menos a Hacienda) y ahora se debe integrar, por quitas partes como mínimo, en las bases imponibles correspondientes a los cinco periodos impositivos siguientes.

Las fuentes explicaron que estos cambios en la norma fiscal no tienen por qué traducirse "automáticamente" en que la empresa tenga que pagar una cuota mayor, sino que "a la hora de determinar la cuota a pagar podrán entrar en juego deducciones o bonificaciones".

"La base imponible se va a incrementar en partes iguales durante los próximos cinco ejercicios contando a partir de 2016, cada vez que la empresa en cuestión liquide el impuesto de sociedades integrará en su base imponible, como si un incremento de renta se tratara, la quinta parte de aquello por lo que se dedujo en ejercicios anteriores con motivo del deterioro", es decir lo que generó menores ingresos fiscales en su momento.

Esto supone que la empresa ajustará todos los años el resultado contable para determinar la base imponible; si el resultado contable previo es positivo, el ajuste aumentará la ganancia fiscal y eso supondrá un mayor pago de impuestos, mientras que si el resultado contable precio es negativo, el ajuste reduce el crédito fiscal en el 25 % del ajuste.

Por tanto, bastará con considerar exclusivamente la quinta parte del deterioro fiscal a revertir en ese periodo impositivo (2016), circunstancia que tendrá su correspondiente efecto en el gasto por impuesto sobre beneficios corriente de ese periodo.

La norma no tiene en cuenta la situación actual de la empresa, si ya está en beneficios o sigue en pérdidas.

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Sin embargo, en opinión del ICAC, la reversión automática del deterioro pendiente de integrar en la base imponible en los próximos cuatro ejercicios no traerá consigo el registro de un pasivo por impuesto diferido ni tendrá efecto en la cuenta de pérdidas y ganancias al cierre del ejercicio 2016.

Otro aspecto que tiene previsto resolver el ICAC es el registro contable de la supresión en la ley del Impuesto de Sociedades, con carácter general, de la deducibilidad de las pérdidas reconocidas por deterioro de las inversiones financieras después del 1 de enero de 2013, y que originará con carácter general la baja de los activos por impuestos diferidos que se hubiesen contabilizado.

El ICAC también ha puesto en marcha dos proyectos normativos, el primero de ellos tiene por objeto un nuevo reglamento de auditoría que desarrolla la Ley de Auditoría de Cuentas y que concretará el mandato del legislado y desarrollará y resolverá "algunos problemas prácticos detectados" al tiempo que dará un marco de mayor seguridad jurídica, de modo que quienes acudirán las cuentas cumplan la función de interés público que tienen atribuida.

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De esta forma, se conseguirá que la información auditada tenga mayor calidad, que sea útil y relevante para facilitar la toma de decisiones de los usuarios, de forma que mejore el funcionamiento de los mercados, explicaron las fuentes.

"Algunas cuestiones como El segundo de los proyectos tiene por objeto la modificación del actual Plan General de Contabilidad para que guarde sintonía con los cambios que se producen en la UE para evitar la regulación no coincidente, en materia de instrumentos financieros y de reconocimiento de ingresos, así como mejorar la calidad de la información que al respecto se presenta, añadieron las fuentes.

Estos dos proyectos salen hoy a consulta pública previa que da un plazo de quince días naturales para que las partes interesadas hagan llegar sus sugerencias.

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