Junta convoca ayudas para libros genealógicos de razas ganaderas autóctonas
El Diario Oficial de Extremadura ha publicado hoy la convocatoria de ayudas para la gestión de los libros genealógicos de[…]
El Diario Oficial de Extremadura ha publicado hoy la convocatoria de ayudas para la gestión de los libros genealógicos de las razas ganaderas autóctonas españolas puras de Extremadura para el ejercicio 2017, con un presupuesto de 450.000 euros.
Según ha informado el Ejecutivo regional en nota de prensa, hay dos consideraciones para solicitar la subvención, que sean razas autóctonas de fomento, es decir, las de mayor implantación en Extremadura y las denominadas razas autóctonas en peligro de extinción.
Así, en la primera categoría se incluyen raza retinta, raza avileña-negra ibérica (bovina); raza merina (ovina); raza ibérica (porcino); raza Florida (caprino); y raza caballar, pura raza española (equino).
Las que están en peligro de extinción son raza merina, variedad negra (ovina); raza verata y raza retinta (caprina), raza blanca cacereña y raza berrenda en negro y berrenda en colorado (bovina); raza ibérica, variedades torbiscal y lampiña (porcino); y raza asnal andaluza (equino).
Podrán solicitar las ayudas, en un plazo de 20 días hábiles, las asociaciones y/o organizaciones de criadores de razas ganaderas autóctonas puras sin ánimo de lucro y que hayan sido reconocidas oficialmente por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, o por la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura para la gestión de los Libros Genealógicos.
Asimismo, podrán ser beneficiarios aquellas asociaciones de ámbito autonómico reconocidas por la autoridad competente y colaboradoras en la realización de estas actividades.
Serán susceptibles de recibir subvenciones los gastos derivados de las actividades de asesoramiento técnico al ganadero, siempre que guarden relación con la inscripción de animales en los libros genealógicos.
Además, se incluyen diversos gastos de personal y administrativos, gastos de arrendamiento y alquiler de vehículos utilizados para la realización de los trabajos que desarrollen los técnicos en las explotaciones y gastos de identificación y marcaje de animales.
La cuantía de las ayudas por las actividades subvencionables será del cien por cien sin superar en ningún momento la cantidad de 80.000 euros por asociación u organización en cada anualidad.
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