Fomento integra 4 secretarías generales y 8 direcciones en su estructura

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy las nuevas estructuras orgánicas básicas de los diferentes ministerios, que en el[…]

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy las nuevas estructuras orgánicas básicas de los diferentes ministerios, que en el caso del Ministerio de Fomento tiene una Secretaría de Estado, cuatro secretarias generales y ocho direcciones generales.

La única Secretaría de Estado de este departamento es la de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, de la que depende la Secretaría General de Infraestructuras, dentro de la cual está la Dirección General de Carreteras.

Fomento cuenta con una Secretaría General de Transporte, con rango de Subsecretaría, de la que dependen la Dirección General de Aviación Civil, la de Marina Mercante y la de Transporte Terrestre.

También engloba la Secretaría de Estado la Secretaría General de Vivienda, que tiene al igual que la de Infraestructuras rango de Subsecretaría y a ella está adscrita la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.

En cuanto a la Subsecretaría de Fomento, de ella dependen la Secretaría General Técnica y las direcciones generales de Programación Económica y Presupuestos, la de Organización e Inspección, y la del Instituto Geográfico Nacional.

Por su parte, el Ministerio de Industria tiene dos secretarias de Estado, una de Comercio y otras de Turismo, así como un Secretaría General de Pequeña y Mediana Industria y una Subsecretaría de Industria, Comercio y Turismo.

De la Secretaría de Comercio, dependen las direcciones generales de Comercio Internacional e Inversiones, y la de Política Comercial y Competitividad, mientras que la de Industria y Pyme tiene una dirección general con la misma denominación.

Por otra parte, en el Ministerio para la Transición Ecológica está la Secretaría de Estado de Energía, que tiene adscrita la Dirección General de Política Energética y Minas.

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Precisamente en el caso de esta dirección el real decreto que publica el BOE contempla que su titular pueda ser no funcionario en atención a la especificidad del cargo.

En este sentido, explica que "la elaboración de propuestas relativas a planificación en materia de energía y seguridad minera aconseja que el nombramiento pueda efectuarse también entre personal de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) y otros organismos e instituciones con funciones de regulación y supervisión en el sector".

El real decreto también señala que no será preciso que el titular de la Dirección General del Instituto de Turismo de España (Turespaña) ostente la condición de funcionario.

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