Dictan una sentencia pionera en CLM sobre las cláusulas suelo de las empresas

 La Audiencia Provincial de Toledo ha dictado una sentencia firme y pionera en Castilla-La Mancha en la que se estima[…]

 La Audiencia Provincial de Toledo ha dictado una sentencia firme y pionera en Castilla-La Mancha en la que se estima la nulidad de una cláusula suelo entre una entidad bancaria y una empresa dedicada a la promoción inmobiliaria.

Desde Aequitas Legis Abogados, despacho de Talavera de la Reina (Toledo) que ha llevado el caso, han explicado a Efe que esta decisión "abre un nuevo frente" que hasta ahora solo estaba contemplado por otra sentencia en Barcelona.

En concreto, para el letrado talaverano Jesús Lázaro, supone que, a partir de este momento, "no solo las personas físicas, sino también los autónomos y las empresas que hayan contratado un préstamo hipotecario para adquirir cualquier tipo de inmueble destinado a su actividad profesional, puedan iniciar los trámites para reclamar la nulidad de las cláusulas abusivas y la devolución de las cantidades abonadas indebidamente".

Según Lázaro, el Tribunal entiende que, "dentro de la buena fe y de las normas que deben regir las relaciones contractuales, no es permisible que una parte (la entidad bancaria), prevaliéndose de su condición dominante, incluya cláusulas tan perjudiciales y abusivas para la otra".

En este sentido, añade que "la cláusula es contraria al principio de buena fe que genera una legítima expectativa en el contrato entre las partes y que sirve para modelar el contenido del contrato".

Finalmente, la Audiencia Provincial concluye que una cláusula con un tipo suelo del 4 % y un techo del 16 % origina "un desequilibrio notable entre derechos y obligaciones de las partes fijados en el contrato".

Por lo tanto, "por el hecho de ser una persona jurídica y no ser aplicables al caso concreto planteado las normas que establecen una especial protección al consumidor (persona física que actúa con un propósito ajeno a su actividad profesional), no excluye que pueda lograrse esta tutela para una empresa por otro cauce", han concluido desde Aequitas Legis Abogados.

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