Archivada demanda de Facua a Telefónica por subir precio de servicio Fusión

Un juzgado de Madrid ha archivado la demanda de la organización Facua contra Telefónica España por el alza de los[…]

Un juzgado de Madrid ha archivado la demanda de la organización Facua contra Telefónica España por el alza de los precios de su servicio Movistar Fusión en mayo de 2015 al considerar que la asociación no contó con los afectados, a pesar de tratarse de una acción de intereses colectivos.

En un auto notificado hoy al que ha tenido acceso Efe, el titular del juzgado de lo Mercantil número 8 desestima en primera instancia la demanda presentada por Facua en enero de 2016 después de que la compañía anunciase el incremento de tres euros mensuales a cuatro millones de usuarios.

El magistrado ampara su decisión en "excepciones procesales" al tratarse de un caso de protección de intereses colectivos masivos que requiere de una "identificación efectiva" de las circunstancias objeto de la demanda.

De este modo, considera que existió un defecto en la interposición del escrito por parte de Facua, que no contó con los usuarios afectados antes de presentarla, ni les notificó claramente su intención de hacerlo.

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Según la asociación, Telefónica incurrió en la aplicación de cláusulas abusivas, publicidad engañosa e incumplimiento de obligaciones contractuales, ya que aseguraba desde el lanzamiento de estos servicios, que sus precios "serán finales y para siempre".

En la audiencia previa anterior al juicio, celebrada a mediados de marzo, Facua intentó ampliar los efectos de su demanda, que hacía referencia exclusivamente a la modificación de tarifas aplicada en mayo de 2015, a las subidas anunciadas posteriormente, en 2016 y 2017, por presunta competencia desleal.

Al respecto, el juez da la razón a Telefónica y expone que el hecho de que el producto comercializado sufriera nuevos incrementos en su precio no puede quedar amparado por una ampliación de la demanda inicial.

Facua dispone ahora de 20 días para recurrir en apelación el auto de sobreseimiento ante la sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid.

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