Agricultura modifica la orden de condiconalidad en prácticas de cultivo

La Consejería de Agricultura de La Rioja ha modificado la orden de condicionalidad en lo referente a las prácticas tradicionales[…]

La Consejería de Agricultura de La Rioja ha modificado la orden de condicionalidad en lo referente a las prácticas tradicionales de cultivo, con el fin de aclarar su objetivo y ámbito.

El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) publica hoy esta orden, por la que se modifica una de febrero de 2015, que establecía las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola en la comunidad riojana.

El Gobierno de La Rioja, en una nota, ha indicado que, con esta modificación, se pretende aclarar su objeto y ámbito, al hacer constar expresamente que los beneficiarios sujetos al régimen de pequeños agricultores que sean, a su vez, beneficiarios de otras ayudas supeditadas al cumplimiento de la condicionalidad, podrían ver reducidas esas ayudas en caso de incumplimiento, aunque no se vean afectados los pagos directos.

Además, se persigue adaptar la orden a la normativa nacional al eliminar la prohibición de aplicar prácticas tradicionales de cultivo para el mantenimiento de las parcelas de barbecho entre el uno de abril y el treinta de junio.

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Esta modificación recalca que no se pueden efectuar alteraciones de las particularidades topográficas o elementos del paisaje, cualquiera que sean sus dimensiones o la época del año en que se realicen, salvo en el caso de contar con autorización expresa de la Dirección General de Medio Natural.

Se aprovecha también para definir en la normativa autonómica qué elementos se consideran particularidades topográficas o elementos del paisaje, y especificar su marco de aplicación y control. EFE.

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