Principado defiende a Vipasa que gestiona, sin beneficio, un servicio público
La Consejería de Servicios y Derechos Sociales ha defendido este miércoles el papel de la empresa Vipasa como ente instrumental[…]
La Consejería de Servicios y Derechos Sociales ha defendido este miércoles el papel de la empresa Vipasa como ente instrumental creado por ley para gestionar, "sin beneficio", un servicio público.
Por esta razón, señala la Consejería en un comunicado, tanto la compañía como la propia Administración autonómica han formulado alegaciones al informe de fiscalización emitido por la Sindicatura de Cuentas del Principado.
La Sindicatura de Cuentas ha emitido un informe desfavorable de la actividad de Vipasa en 2016, debido a diversos "incumplimientos", entre los que destaca que las operaciones financieras y la información sobre este ejercicio "no resultan conformes con la normativa aplicable".
En sus alegaciones al informe de la Sindicatura, la Consejería y Vipasa apuntan que la empresa pública fue creada por ley en 1991 en el marco de la capacidad autoorganizativa que la normativa brinda a la Administración para gestionar los servicios públicos.
Recalcan que la relación que cabe entre la empresa pública y el Principado es de carácter instrumental y debe quedar fuera de la Ley de Contratos del Sector Público, como determinan diversas sentencias y dictámenes de organismos oficiales.
En este sentido, indican, se pronuncian el Tribunal Supremo en la sentencia de la sala de lo contencioso-administrativo de 28 de noviembre de 2003, la Junta Consultiva de Contratación de Aragón en su informe 22/2018, de 25 de septiembre, y el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público en su resolución 113/2018, de 20 de junio.
También lo hace el reciente informe 1003 del Tribunal de Cuentas, que determina que "no siempre la Administración acude al mercado o a terceros proveedores o contratistas para proveerse de bienes, servicios o gestionar los mismos, sino que utiliza medios propios internos con personalidad jurídica diferenciada integrados dentro de su estructura".
Respecto a la consideración de que el personal de Vipasa ejerce funciones propias de funcionarios, explican que cabe señalar que, como ente instrumental, la empresa pública gestiona, pero no ejerce la potestad propia de funcionarios públicos, puesto que sólo ejecuta las decisiones adoptadas por la consejería.
En cuanto a la licitación de la conservación y mantenimiento de los inmuebles del parque público regional por parte de Vipasa, dicen que cabe resaltar que este cometido está incluido en el objeto social de la sociedad y, por tanto, no es necesario ningún encargo expreso por parte de la Administración.
"Para la contratación de servicios y obras, la empresa sí está sujeta a la Ley de Contratos del Sector Público", subrayan.
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