El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado un recurso de amparo al considerar que ha sido vulnerado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva de la recurrente al no haber atendido ni planteado cuestión prejudicial, y declara nula la decisión por la que se inadmitió el incidente de nulidad de actuaciones en el que denunciaba la abusividad de la cláusula de vencimiento anticipado incluida en su contrato de préstamo hipotecario.
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado el archivo de la causa sobre las preferentes de Caja Madrid y Bancaja que dictó hace 10 meses el instructor Fernando Andreu en tres autos en los que desestima los recursos impulsados contra aquella decisión por la Confederación Intersindical de Crédito (CIC).