Renta 2021: así tributan los planes de pensiones, las criptomonedas y los alquileres

Las deducciones a planes de pensiones se recortan para la renta 2021, las criptomonedas estrenan casilla y los arrendadores pueden deducirse

La campaña de la renta 2021 incluye tres novedades que afectarán directamente a inversores y ahorradores.

La primera está relacionada con las aportaciones y deducciones a los planes de pensiones. Este año se reduce de de 8.000 a 2.000 euros el límite de las aportaciones a los planes individuales con derecho a desgravación en el IRPF

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No obstante, según María Cruz Rodríguez, profesora de la Universitat Oberta Catalunya (UOC) e inspectora de Hacienda, “este límite puede incrementarse en 8.000 euros por las contribuciones empresariales a planes de empleo”.

Esto significa que los trabajadores que tengan un plan de pensiones de empleo pueden seguir deduciéndose hasta 8.000 euros por las aportaciones realizadas por la empresa a ese plan. A lo que se pueden añadir aportaciones del trabajador hasta un máximo de 2.000 euros.

También se reduce de 2.500 a 1.000 euros anuales el límite máximo aplicable por aportaciones a sistemas de previsión social de los que sea partícipe, mutualista o titular el cónyuge del contribuyente.

Las criptomonedas ya tienen casilla propia

Como ocurre con los rendimientos y ganancias procedentes de cualquier fuente, los rendimientos aportados por las criptomonedas deben declararse como una ganancia patrimonial.

Por ello, la Agencia Tributaria ha incluido este año una casilla específica para declararlas, hasta ahora iban en el apartado de Otros bienes económicos.

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Se trata de la casilla 1.626 y aparece con el nombre de Saldos de monedas virtuales, dentro del apartado de Otras ganancias y pérdidas que derivan de la transmisión de elementos patrimoniales.

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En ella hay que declarar operaciones realizadas con criptodivisas como ventas o intercambios. Si se han obtenido intereses o rendimientos derivados de las criptomonedas, hay que incluirlos en el apartado de Ganancias y pérdidas que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales.

También hay que tener en cuenta que no debe presentarse una declaración del Modelo 720 por las criptomonedas que el contribuyente tenga fuera de España, debido, según María Cruz Rodríguez "a que aún no hay desarrollo reglamentario de la norma que sí lo exige".

Deducciones para propietarios de inmuebles en alquiler

Los propietarios de inmuebles que no sean grandes tenedores y que redujeron el precio del alquiler a sus inquilinos en el primer trimestre de 2021 podrán deducirse esta rebaja si se trata de locales comerciales y oficinas de sectores afectados por la pandemia.

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En el caso de alquileres para vivienda se pueden deducir un 60 por ciento de las rebajas del alquiler.

También el propietario que tenga alquilado un inmueble puede deducirse como gasto los saldos de dudoso cobro vencidos tres meses antes del devengo del impuesto. Antes el plazo era de seis meses.

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