Medio Rural regula las zonas para la alimentación de la fauna necrófaga
La Consejería de Medio Rural ha publicado hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la orden que regula las[…]
La Consejería de Medio Rural ha publicado hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la orden que regula las zonas de protección autorizadas para la alimentación de la fauna silvestre necrófaga con cadáveres de animales de explotaciones ganaderas.
Se trata de animales que mueren mientras se encuentran en pastoreo extensivo y que tienen la consideración de Subproductos Animales No Destinados Al Consumo Humano (Sandach), ha informado el Gobierno de Cantabria en una nota.
En las zonas que regula la orden del BOC, situadas en los montes de utilidad pública, está permitido dejar sin recoger los cadáveres de estos animales, siempre que se cumplan una serie de requisitos.
No obstante, las entidades propietarias de los montes de utilidad pública designados como zona de protección para la alimentación de la fauna silvestre necrófaga, podrán solicitar a las direcciones generales de Ganadería o de Medio Natural que estos montes se excluyan de la relación establecida en la orden.
Además se podrán ampliar las zonas de protección por solicitud expresa de la entidad gestora del pasto de aprovechamiento comunal ubicado fuera de los montes de utilidad pública recogidos en la orden.
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