Peajes, precios de trenes, alquileres... cómo afecta la desvinculación al IPC
El Gobierno ha aprobado hoy en Consejo de Ministros el decreto para desvincular los precios, tasas y costes de los[…]
El Gobierno ha aprobado hoy en Consejo de Ministros el decreto para desvincular los precios, tasas y costes de los servicios públicos de la evolución de la inflación. Lo hace después de que el Índice de Precios al Consumo (IPC) subiera al 3% interanual en enero, su máximo desde 2012. Con ello el Ministerio de Economía trata de evitar los llamados efectos de «segunda ronda» que se producen cuando, por ejemplo, una empresa de autobuses sube el precio del billete como la inflación pese a que su incremento de costes ha sido más modesto. La norma trata de garantizar que los incrementos en los precios públicos se den por aumentos correspondientes en los costes determinados, y no por el IPC general.
Así se evita que la inflación sea «causa y consecuencia» en sí misma, apuntan desde Economía. De esta forma, la mayor parte de precios y servicios públicos dejarán de estar ligados al IPC general para hacerlo a índices específicos. Como ya se recogía, la norma excluye la negociación salarial colectiva, las pensiones y las emisiones de deuda. Así, las retribuciones de jubilados y funcionarios no evolucionará según la inflación.
Precios de la energía: buses y trenes
El decreto puede afectar a multitud de servicios: desde alquileres privados que no estén ligados al IPC hasta peajes, billetes de bus, de metro o de tren. La norma contempla, eso sí, tres excepciones que provocan que los precios y tasas de servicios públicos continúen ligados, siempre que corresponda, al mayor componente que abarca la inflación: los precios energéticos. Es decir, si los carburantes suben un 4%, una empresa municipal de autobuses podrá repercutir este alza siempre y cuando justifique que los combustibles son la mayor parte de sus costes. Ello también afecta al gas butano, gas natural, electricidad y otros componentes energéticos, detallan fuentes de Economía.
El Gobierno aprueba ahora el desarrollo de una ley que llevaba aprobada desde 2015. Desde entonces y hasta hace unos meses, la inflación ha estado en negativo lo que podría haber desencadenado bajadas de precios y billetes de algunos servicios estos dos años. ¿Si la electricidad baja (o sube), los precios, por ejemplo, de Renfe bajarán (o subirán) automáticamente? No tiene por qué. Cada empresa es libre de subir los precios o bajarlos cuando quiera, pero lo que no podrá hacer es achacar estos cambios a la evolución de la inflación.
Grandes contratos públicos
Las otras dos excepciones, más allá de la energía, son para grandes contratos del sector público ?concesiones, contratos de obras?, que se suelen hacer a más de cinco años, así como arrendamientos del sector público. En estos casos, las compañías deberán justificar el aumento de costes para anotárselo a la Administración utilizando los índices específicos que afectan al producto cuyo precio ha variado. En el caso de los alquileres al sector público, fuentes de Economía señalan que el INE esta ultimando un índice de precios del alquiler de oficinas para que se rijan estos casos. Hasta entonces, se utilizará de referencia el IPC de los arrendamientos urbanos.
Desde Economía lo ilustran con un ejemplo, si un contratista del Estado hace un puente por cinco años, y en este lustro se altera el precio del hierro o del cemento, al contratista se le permitirá actualizar los costes mediante una fórmula tipo que ya incorporará el contrato y, si no, lo tendrá que negociar con la autoridad competente. El nuevo decreto, que entra en vigor ya, complicará los pliegues de obra pública ya que tendrán que ir más detallados.
Asimismo, las empresas con contratos de la Administración que achaquen la evolución de los precios al incremento de sus tarifas o costes deberán justificarlo ante la autoridad competente para evitar que se anoten subidas indebidas.
Mano de obra de contratas públicas
La norma tiene otra consecuencia: le pondrá freno al incremento de costes de la mano de obra por alzas salariales. El límite de revalorización de estos costes será el aumento de sueldo aprobado por la Administración correspondiente para sus funcionarios en el último año. Por ejemplo, si una empresa le sube el sueldo a sus empleados un 5% pero tiene una parte de trabajadores que están en un contrato público, la Administración solo compensará a la empresa por el alza salarial que haya aprobado esta para sus funcionarios. Si por ejemplo los sueldos de los empleados públicos de esta Administración suben un 2%, este será el porcentaje que compensará a la empresa, de forma que el 3% restante corre por su cuenta.
Efecto sobre los alquileres
¿Y a los alquileres privados? Si el contrato entre arrendador e inquilino fija que el precio se vincule al IPC general, esto seguirá produciéndose así. Si no especifica a que índice se indexa, entonces el decreto fija que se ligará al Índice de Garantía de Competitividad que depende del diferencial entre la inflación de la Eurozona y la de España. Este índice fija un suelo del 0% ?es decir, nunca provocará bajadas de precios, a lo sumo se congelan? y un techo del 2%. Ahora mismo el diferencial es positivo, después de 39 meses buceando por debajo.
Economía calcula que este decreto puede suponer un ahorro de 700 millones este año, calculado a partir de la Encuesta de Presupuestos Familiares, que recoge que los hogares gastan 35.000 millones al año en servicios públicos, por lo que los 700 millones suponen la diferencia de aplicarle una subida del 1% de la inflación subyacente ?que excluye energía y alimentos? en lugar del 3% que se anotó en enero.
