Renta 2015: ¿tiene casa en la playa? Este año pagará más a Hacienda
Si es propietario de una segunda vivienda, que frecuenta en vacaciones o fines de semana, este año puede encontrarse una desagradable sorpresa a la hora de hacer la declaración de la renta. Hay preguntas que no debe pasar por alto. ¿Y si la alquilo por temporadas como se declara?
Si es propietario de una segunda vivienda, que frecuenta en vacaciones o fines de semana, este año puede encontrarse una desagradable sorpresa a la hora de hacer la declaración de la renta.
Y es que tal y como ha señalado el REAF, el consejo de economistas y asesores fiscales, una de las novedades de la reforma fiscal que ha entrado sigilosamente y sin hacer ruido ha sido la subida en el porcentaje de imputación de las rentas inmobiliarias para segunda vivienda, pasando del 1,1 por ciento al 2 por ciento y se aplica a las viviendas que se hayan revisado a partir del 1 de enero de 2015, siendo las que más sufrirán este cargo las que se hayan revisado entre 1994 y 2005.
Sin embargo, si esa vivienda está alquilada, no sufrirá esta subida, sino que los ingresos computarán en rendimientos del capital mobiliario con una reducción del 60%.
Excluida las casas que se alquilan por temporadas
Sin embargo, dentro de esta última categoría no entran las plataformas de alquileres vacacionales por semanas o temporadas. Los ingresos que provienen por esta vía no tienen derecho a la reducción por alquiler.
A la hora de declararse esta vivienda, los expertos recomiendan por un lado imputar las rentas que se ha generado, menos los gastos de comunidad, IBI, seguros de hogar y amortización de la vivienda, mientras que el tiempo que no esté declarada se imputará al 2%.