TSJ respalda el despido de franquiciado por no dar de alta a una trabajadora
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado el recurso del[…]
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado el recurso del responsable de una franquicia contra la sentencia de un juzgado que declaró procedente su despido por no dar de alta a una trabajadora.
La sentencia indica que en la carta de despido también se responsabilizó a ese franquiciado de un descuadre de 145 botes de cerveza y de no acudir con regularidad a su puesto de trabajo.
Señala el tribunal que inspectores del Instituto Nacional de la Seguridad Social se personaron en el local y comprobaron que una mujer trabajaba sin estar dada de alta, por lo que abrieron un expediente que concluyó con una multa de 3.125 euros.
La sentencia recogía que "durante la instrucción del expediente administrativo, el demandante no dio cuenta a la empresa demandada de lo que estaba ocurriendo ni atendió el primer requerimiento de aportación documental hecho por la Inspección".
También consideró probado otro extremo de la carta de despido, referido al arrendamiento de un vehículo, para lo que "fue preciso depositar una fianza de 300 euros, cantidad que, a pesar de que se pagó con la tarjeta de crédito del demandante, también salió de la caja de la empresa".
Y cuando se devolvió la fianza, no se reintegró a la empresa demandada, sino al demandante, que no se la dio a su vez a la firma.
Al desestimar el recurso y referirse a la alegación del despedido de que los botes de cerveza que faltaban se los pudo llevar o regalar cualquier trabajador, la sala dice que aunque así fuera, él era el responsable como encargado de la tienda.
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