Una sentencia obliga a Cetursa-Sierra Nevada a cumplir convenio de hostelería

La UGT ha ganado un juicio contra Cetursa-Hostelería por el que esta empresa se ve obligada a pagar el "premio[…]

La UGT ha ganado un juicio contra Cetursa-Hostelería por el que esta empresa se ve obligada a pagar el "premio de natalidad" a sus trabajadores en caso de nacimiento o adopción de un hijo, concepto recogido en un artículo del convenio colectivo de hostelería de Granada.

El sindicato ha informado de que Cetursa, que opera en la estación andaluza de esquí de Sierra Nevada, se negaba "por sistema" al abono de dicho concepto, hecho que puso de manifiesto incluso en un acto de mediación en el Sercla que terminó sin avenencia.

Miguel Ángel Prieto, responsable de Hostelería de la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT Granada, ha explicado que en la sentencia condenatoria a Cetursa, la juez incluso reconoce esta cantidad como masa salarial y no simplemente como un concepto de ayuda social, tal y como se reclamaba desde el sindicato en la demanda.

El representante de los trabajadores ha mostrado su satisfacción por el fallo judicial al entender que Cetursa no puede aplicar el convenio "a la carta", según le convenga o no.

Espera además que esta sentencia sirva como ejemplo para el resto de empresas de Hostelería, ya que no sólo se mantiene el conflicto para negociar un nuevo convenio colectivo sino que muchas del sector se están negando incluso a aplicar el vigente, lo que condena a las plantillas a la precariedad "más absoluta".

También ha advertido de que UGT va a estar vigilante ante cualquier posible incumplimiento en materia laboral no sólo por parte de Cetursa-Hostelería, sino de cualquier empresa del sector.

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