Renta 2016: Declarar el alquiler de vivienda en el IRPF puede ser más beneficioso que no hacerlo

El 5 de abril se inició el periodo de la campaña de la Renta de 2016 y en muchas ocasiones[…]

El 5 de abril se inició el periodo de la campaña de la Renta de 2016 y en muchas ocasiones nos surgen dudas. Por ello, los asesores tributarios recomiendan consultar con un experto a la hora de confeccionar la declaración del IRPF, ya que en algunos casos las apariencias engañan, como en la declaración de las rentas por alquiler.

En este sentido, Francisco Estellés, socio de Estellés Abogados y Asesores tributarios, ha destacado que "la declaración del alquiler de vivienda en el IRPF no solo resulta ser lo correcto, sino que en ciertos casos resulta ser incluso lo más beneficioso al pagar menos impuestos".

"La vivienda no alquilada genera una imputación de rentas en el IRPF equivalente al 2% de su valor catastral o del 1,1% si dicho valor catastral ha sido revisado, mientras que de la renta de la vivienda alquilada pueden deducirse los gastos necesarios para la obtención de los rendimientos y adicionalmente sobre el rendimiento es de aplicación una reducción del 60%."-ha explicado-.

"Es decir, -ha continuado- aun cuando la vivienda se encuentre alquilada y no se declare el alquiler, en la medida que no se trate de la vivienda habitual, se nos imputa en el IRPF una renta ficticia, que en atención al incremento de los valores catastrales en los últimos años puede suponer un mayor rendimiento que el obtenido por el alquiler de la vivienda".

Para el cálculo del rendimiento por alquiler de una vivienda son deducibles todos los gastos del inmueble satisfechos por el arrendador (comunidad, IBI, tasas basura, seguro, suministros, intereses derivados de la financiación...) y también es deducible un gasto por amortización equivalente al 3% del valor de adquisición o del valor catastral en el supuesto de ser superior, eliminando en ambos casos el valor del suelo.

Además, sobre el rendimiento obtenido es de aplicación una reducción del 60%, reducción que solo se aplica en el supuesto de declarar la renta y que por lo tanto no es de aplicación en el caso de que sea la administración quien liquide al contribuyente.

EJEMPLO DE AHORRO

Como ejemplo: si un contribuyente obtiene por el alquiler de una vivienda una renta mensual de 500 €. En la medida que la vivienda ha estado alquilada todo el año ha obtenido unos ingresos de 6.000 € por el alquiler (500 € x 12 mensualidades). El contribuyente se hace cargo de los gastos de comunidad (400 € anuales) y del IBI (380 €), teniendo contratado un seguro sobre el inmueble (250 €) y habiendo financiado la compra de la vivienda con un préstamo hipotecario del que paga una cuota de 4.800 € anuales (400 € mensuales), de los cuales 1.100 € (100 € mensuales) se corresponden con los intereses financieros del préstamo. Por la vivienda pagó 120.000 € mas 15.000 € entre impuestos y gastos, siendo su valor catastral revisado de 75.000 € del que corresponden al suelo 30.000 €.

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Opción 1.- En el supuesto de no declarar el alquiler, al contribuyente se le imputará en su IRPF una renta de 825 €, equivalente al 1,1% sobre el valor catastral revisado del inmueble.

Opción 2.- En el supuesto de declarar el alquiler el contribuyente declarara una renta de 576 €, resultado de restar a los 6.000 € anuales de alquiler los gastos deducibles (400 € comunidad, 380 € IBI, 250 € seguro, 1.100 € intereses, 2.430 € de amortización) y sobre dicha cantidad aplicar un 60% de reducción.

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