Imponen recargo 30% a empresa por accidente por falta seguridad

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso[…]

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una empresa de esta ciudad contra la sentencia de un Juzgado que respaldó la imposición de un recargo del 30 por ciento en las prestaciones tras un accidente laboral que se produjo por falta de medidas de seguridad.

El Juzgado, en la sentencia que ahora ha sido confirmada por el TSJ, declaró probado que el suceso se produjo en junio de 2010, cuando una carretilla, que iba marcha atrás, invadió el paso autorizado para peatones en el momento en que pasaba por el mismo un trabajador, que resultó arrollado por la misma.

La sentencia señalaba igualmente que ese paso estaba invadido parcialmente por una pila de palets de botellas de altura superior a la de la carretilla.

También se indica que tanto el conductor de esta como el empleado que resultó atropellado habían recibido la formación e información adecuada a sus puestos laborales.

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El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), por resolución de abril de 2011, declaró al accidentado afecto a la situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual, derivada del accidente de trabajo sufrido, reconociéndole el derecho a percibir una prestación del 55 por ciento de su base reguladora.

Así mismo, impuso a la empresa el pago de un recargo del 30 por ciento en las prestaciones de la Seguridad social, al considerar que en el accidente había existido una falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, medidas todas ellas que fueron confirmadas por la sentencia del Juzgado de lo Social que, a su vez, son ratificadas ahora por el TSJ.

Este segundo tribunal ha desestimado también el recurso presentado por el trabajo que padeció el accidente, que reclamó que el recargo se elevara al 50 por ciento.

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