Empleada con trauma por muerte hija en atentado no logra la incapacidad
Una empleada del sector de industrias cárnicas que alegó que no podía trabajar por el trauma sufrido al morir una[…]
Una empleada del sector de industrias cárnicas que alegó que no podía trabajar por el trauma sufrido al morir una hija de once años de edad en atentado terrorista y por el que padeció con los terremotos de Lorca de 2011 no ha conseguido que los tribunales la declaren en situación de incapacidad para toda actividad laboral.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, ha desestimado el recurso que esta trabajadora presentó contra la dictada por un Juzgado de lo Social que rechazó su demanda.
La Sala reconoce que la apelante sufre una depresión por la muerte violenta de su hija, con episodios de ansiedad en los años 2000, 2003 y 2006, además de padecer una trombosis cerebral sin secuelas, pero considera que tales patologías no tienen entidad suficiente como para impedirle desarrollar todo tipo de trabajo.
La sentencia recoge así mismo que tras los terremotos de Lorca de mayo de 2011 sufrió un nuevo episodio reactivo y que acudió entonces a la Asociación Murciana de Víctimas del Terrorismo, "donde ocasionalmente ha recibido apoyo psicológico, no constando revisión, seguimiento ni tratamiento psicofarmacológico prescrito por especialista en psiquiatría entre abril de 2011 y abril de 2013".
Y añade que solo consta la valoración hecha por dicha Asocicación y por el psicólogo del Centro de Salud Mental de Lorca en marzo de 2012, "con juicio clínico por este último de trastorno adaptativo mixto".
La Sala concluye que las patologías que sufre la demandante carecen de la entidad necesaria para determinar que las mismas le impiden desarrollar las funciones principales de su profesión, por lo que no se le puede reconocer la incapacidad reclamada.
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