Declaración de la Renta 2016: Cómo pedir y confirmar el borrador

Una novedad de la campaña de este año es que pueden realizar la declaración de la renta por esta modalidad todos los contribuyentes, sin excepción

La campaña de la
Renta 2016 incluye una novedad que va a facilitar el proceso a muchos
contribuyentes. Este año, por primera vez, todos los contribuyentes
sin excepción pueden solicitar el borrador de su declaración
,
modificarlo y confirmarlo a través de Internet. Las fechas para
hacerlo van desde el 5 de abril hasta el 30 de junio.

Hay diferentes
maneras de acceder al borrador, según explican en la Agencia
Tributaria. La manera más fácil es el número de referencia.
Para obtenerlo, hay que entrar en la web del organismo e introducir
el NIF del contribuyente, el importe de la casilla 440 de la
declaración del año pasado (que se corresponde con la "base
liquidable general sometida a gravamen") y el número de teléfono
móvil en el que deseen recibir el número de referencia por SMS.
Además de a través de internet, el número de referencia también
se puede solicitar en los números de teléfono 901 12 12 24 y 91
535 73 26 .

Además, hay otros
dos modos de solicitar el borrador. Con la firma electrónica
(para ello hay que contar con un certificado electrónico)
o el sistema Cl@ve PIN (una especie de firma electrónica para
relacionarse con todas las administraciones públicas. También hay
que solicitarlo previamente).

Una vez obtenido el
borrador, hay que verificar que todos los datos fiscales contenidos
en él sean correctos, pues hay cosas que Hacienda desconoce de los
contribuyentes que pueden marcar de manera importante el saldo final
(por ejemplo, si éste tiene un hijo en el ejercicio fiscal).

Para verificar que
todo está correcto o modificar la información incorrecta, hay que
entrar en el servicio "Borrador/declaración" de la web de la
Agencia Tributaria mediante alguno de los sistemas de acceso (firma
electrónica, Cl@ave PIN o número de
referencia). Otra opción es hacerlo por teléfono en los números
901 200 345 ó 91 535 68 13; o incluso de manera física en alguna
de las oficinas habilitadas al efecto, para las que hay que solicitar
cita previa.

Una vez comprobado
que todo está correcto, hay que confirmar el borrador. En ese caso,
el procedimiento cambia en función de si el resultado es a ingresar
o devolver y si el contribuyente desea domiciliar el pago o cobro.

La domiciliación
bancaria es la opción más cómoda para declaraciones a ingresar y
la única posible si a Hacienda le toca devolverle dinero. En ese
caso, debe cumplimentar el código IBAN de la cuenta corriente con la
que desea operar.

Si el contribuyente
no quiere domiciliar el pago y le toca saldar una cantidad con
Hacienda, deberá efectuar el pago en la entidad que corresponda y
cumplimentar en el borrador el "Número de referencia completo"
que le den en el banco tras el pago.

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Si se desea realizar
la confirmación por teléfono o en oficinas físicas, habrá que
presentar la misma documentación y número de cuenta. Aunque esta
opción no es posible si no se desean domiciliar los pagos y la
declaración sale a ingresar.

Por último, aclarar
que el borrador también puede presentarse a través de oficinas
bancarias.  

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