Confirman despido director de banca se apoderó de 234.000 euros de un cliente
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha confirmado la sentencia del Juzgado que declaró procedente[…]
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha confirmado la sentencia del Juzgado que declaró procedente el despido de un antiguo director de banca al considerar probado que se apoderó de 234.000 euros de un cliente que descubrió lo ocurrido cuando la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) le envió un requerimiento para que justificara el destino de los reintegros efectuados en su cuenta.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el Juzgado de lo Social número Cuatro de Murcia, al que correspondió la demanda que el afectado presentó contra su despido, declaró acreditado que este prestaba sus servicios como director de la oficina de una caja de ahorros ubicado en un municipio de la Región.
En el mes de abril de 2016, el cliente, de 84 años de edad, presentó un escrito dirigido a la entonces directora de la misma oficina en la que pedía explicaciones por los reintegros que, según la AEAT, se había efectuado en su cuenta y que él no había realizado ni autorizado a nadie a actuar en su nombre.
Añadía que los reintegros habían sido hechos en los años 2013 y 2014, para señalar también que sospechaba que el presunto autor de los mismos podía ser el entonces director de la sucursal.
En entrevistas posteriores con la entonces directora y con el director de zona, el cliente expuso que junto con un amigo de total confianza se había entrevistado con quien consideraba sospechoso de la distracción del dinero, quien les habría reconocido la autoría y que le habría dicho que en esos momentos no podía devolvérselo.
La sentencia recogía igualmente que los responsables de la entidad de ahorros ordenaron una auditoría, que concluyó señalando que el exdirector de la oficina había dispuesto irregularmente de las cuentas del cliente, "en su propio beneficio, y por importe de 234.000 euros".
La Sala de lo Social, al confirmar la sentencia de instancia, recoge también que el trabajador aseguró, aunque no pudo demostrarlo, que el dinero se lo había prestado el cliente para invertirlo en un negocio de su esposa.
El TSJ declara, como hizo con anterioridad el Juzgado, que el despido fue procedente, "dado el comportamiento indecente del demandante, descrito en los hechos probados, sobre lo que no puede prevalecer la pura retórica".
Y añade que "el recurrente incurrió en una conducta bidireccional impropia e inaceptable, por un lado, respecto del cliente y, por otro lado, respecto de la empresa; su comportamiento fue abusivo y desleal, por lo que el despido está plenamente justificado".
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