Supremo rechaza responsabilidad civil de Jamal Satli reclamada por Meliá y AC

El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación interpuestos por Meliá Hotels, Pullmantur y AC Hoteles contra la sentencia[…]

El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación interpuestos por Meliá Hotels, Pullmantur y AC Hoteles contra la sentencia de la Audiencia Nacional que rechazó la responsabilidad civil directa del empresario Jamal Satli y de la sociedad Alandalus Management en relación con el caso Marsans.

En este procedimiento, el entonces presidente de Marsans, Gerardo Díaz Ferrán, fue condenado a cinco años y seis meses de prisión por los delitos de alzamientos de bienes, concurso fraudulento, blanqueo de capitales e integración en grupo criminal.

Según la sentencia dictada por la Sala de lo Penal, las reclamaciones de Meliá, Pullmantur y AC sobre Satli y Alandalus Management perdieron su vigencia al adherirse las tres empresas al escrito de acusación del fiscal sin mencionar esta petición concreta.

Las tres entidades solicitaban la responsabilidad civil de Satli por la compra de varios hoteles a Marsans, una operación que, según algunas acusaciones, formaba parte de un plan para vaciar el grupo en perjuicio de sus acreedores.

Al resolver los recursos de casación interpuestos contra la sentencia del caso Marsans, en junio de 2016, el Supremo pidió a la Audiencia Nacional que revisara el punto relativo a la responsabilidad civil.

En una segunda sentencia, dictada un mes después, la Audiencia decidió que no procedía declarar la responsabilidad civil directa solicitada porque las tres empresas se adhirieron en el juicio al nuevo escrito de acusación del fiscal y renunciaron a hacer definitivas sus conclusiones provisionales, que incluían esa reclamación.

En desacuerdo con el fallo de esta última sentencia, Meliá, Pullmantur y AC Hoteles presentaron un recurso de casación ante el Supremo alegando que de nuevo se dejaba sin resolver esta cuestión.

La Sala de lo Penal asegura ahora en su sentencia que esa afirmación no es cierta, porque las tres entidades se adhirieron en el juicio al nuevo escrito de acusación del fiscal sin plantear salvedad alguna.

Dada esa "adhesión incondicionada", las conclusiones provisionales de los recurrentes, en las que pedían la responsabilidad civil de Jamal Satli, perdieron su vigencia, según el Supremo.

Contra la resolución del Supremo no cabe ningún recurso.

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