Representantes inversores en arbitrajes no ven vinculante comunicación de UE

Representantes de inversores que han acudido a arbitrajes internacionales por el cambio en el sistema de primas a las renovables[…]

Representantes de inversores que han acudido a arbitrajes internacionales por el cambio en el sistema de primas a las renovables en España consideran que la comunicación de la CE que considera ilegales los mecanismos de arbitraje entre estados miembros no es ningún "instrumento jurídico vinculante".

Fuentes del sector legal que se ha venido ocupando de estos arbitrajes han indicado a Efe que dicha comunicación no supone, en absoluto, el fin de la vía arbitral para inversores de países de la UE.

En una comunicación publicada este jueves, la CE señala que los inversores europeos "no pueden recurrir a tribunales de arbitraje establecidos en tales tratados de inversión bilaterales entre países de la UE o, para litigios entre países de la UE, a los tribunales de arbitraje establecidos bajo la Carta de la Energía".

Las mismas fuentes han señalado que la comunicación, al no tratarse de una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), no sienta jurisprudencia y carece de un valor legal.

Asimismo, han indicado que, aunque la comunicación llega tras la sentencia en marzo del TJUE en el caso Achmea, que confirmó que los acuerdos de arbitraje en los tratados bilaterales entre estados miembros son incompatibles con las normas comunitarias, este caso difiere mucho de los arbitrajes hechos al amparo de la Carta de la Energía.

Aunque la CE insiste en que la sentencia se aplica también al tribunal de arbitraje previsto en la Carta de la Energía para la resolución de litigios entre un país de la UE e inversores de otro Estado miembro, hay una gran diferencia con el caso Achmea, en el que se trataba de un tratado bilateral entre Eslovaquia y Holanda anterior a la entrada del primero de estos países en la UE.

Sin embargo, la Carta de la Energía es un tratado internacional, han señalado las citadas fuentes, que han criticado que la CE se convierta en una "especie de juzgador", algo para lo que han recordado no tiene capacidad.

La Comisión Europea recuerda también en su comunicación que los tribunales nacionales están obligados a anular cualquier laudo arbitral emitido sobre esas bases y renunciar a aplicarlo.

Fuentes del sector legal que ha intervenido en arbitrajes, han señalado, además, que, de los cuatro laudos favorables a inversores que reclamaron por el cambio en el régimen de ayudas a las renovables en España, dos son posteriores a la sentencia sobre Achmea y no la han considerado aplicable a esos casos.

Las reclamaciones de inversores extranjeros contra España en arbitrajes por el recorte en las primas a las renovables se estiman en total en unos 7.600 millones de euros.

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