EL TSJA determina la "anulación total" del IGI del Parque Natural de Fuentes

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha determinado la "anulación total" del Decreto del Instrumento de Gestión Integrado[…]

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha determinado la "anulación total" del Decreto del Instrumento de Gestión Integrado (IGP) del Parque Natural de Las Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias.

El TSJA ha emitido un auto que modifica el contenido del fallo de la sentencia dictada el pasado día 13 de septiembre, en el sentido de eliminar del mismo el vocablo "parcialmente" empleado en el mismo al expresar que "deja parcialmente sin efecto".

Esta modificación se ha realizado tras la petición de la letrada Pilar Martínez, que había solicitado al Tribunal la aclaración del fallo inicial que dejaba "parcialmente sin efecto" el decreto de aprobación del nuevo instrumento de gestión de la zona por ausencia de Memoria Económica y planes anuales de gestión.

En un comunicado, Martínez destaca que el TSJA aclara el fallo de las nueve sentencias que recientemente anularon el decreto del nuevo IGI de espacios protegidos de Cangas del Narcea, Degaña e Ibias y declaraba Zona de Especial Conservación el mismo ámbito territorial, indicando que se trata de una "anulación total y dejándolo sin efecto".

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA da la razón a la letrada que, en representación de la Asociación de Propietarios de Montes en Comunidad Romana (ASPROCORO) y otros titulares individuales de terrenos afectados, había solicitado que se aclarase el término "nulidad parcial" incluido en la sentencia.

La abogada precisa que el TSJA elimina el vocablo "parcialmente" de dicho fallo, declarando su "anulación total" y la retroacción del procedimiento al momento inmediato anterior a la presentación de la Memoria Económica, que se estima que no cumple con las previsiones legales.

Martínez explica que ahora se debe redactar un nuevo instrumento de gestión que "deberá contar ineludiblemente con partidas presupuestarias reales para hacer frente a las compensaciones e indemnizaciones por las restricciones, que este instrumento supone para los derechos individuales previamente consolidados y con un real y efectivo plan anual de inversiones para las zonas afectadas".

La letrada preciosa que el Decreto que ahora queda sin efecto fue "un acto deliberado de incumplimiento de las sentencias anteriormente dictadas por el Supremo, que anularon el anterior Plan de Uso y Gestión del Parque Natural por las mismas causas".

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