El DOGV publica la Ley de Función Social de Vivienda contra los desahucios
El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado la Ley por la Función Social de la Vivienda de[…]
El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado la Ley por la Función Social de la Vivienda de la Comunitat Valenciana, que busca hacer efectivo el derecho a una "vivienda asequible, digna y adecuada" e incluye medidas para que los desahuciados puedan seguir en su vivienda.
Así lo han anunciado desde la Generalitat en un comunicado, en el que han explicado que ahora la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio tiene que desarrollar disposiciones para su aplicación y puesta en funcionamiento, desde su entrada en vigor a los veinte días de su publicación.
Esta nueva norma concibe la vivienda como "un servicio de interés general" y "aproxima el derecho de la vivienda a los pilares básicos del estado de bienestar, tras la sanidad, la educación o la dependencia".
En este sentido, el texto prevé medidas de intermediación para que las personas que han sufrido un desahucio puedan continuar en su vivienda habitual, además de mecanismos para movilizar el acumulado de vivienda vacía que hay en la Comunitat Valenciana y actuaciones para fomentar el alquiler de viviendas.
Desde la Conselleria han explicado que la ley reconoce el derecho subjetivo al acceso a una vivienda asequible, digna y adecuada, y dispone que el Consell, las entidades locales y demás instituciones públicas con competencias en materia de vivienda, deben garantizar la satisfacción de este derecho.
Por ello, la ley contempla medidas de intermediación y fomento con las entidades financieras y ante procesos de desahucio de vivienda habitual por imposibilidad de hacer frente al pago de las cargas hipotecarias o de alquiler.
Asimismo, plantea la puesta en marcha de medidas que posibiliten la continuidad en el inmueble, como el alquiler con opción a compra, y establece que, en esos casos, la Generalitat aplicará un alquiler social durante tres años, prorrogable a tres años más.
En los procesos de desahucio, si la entidad financiera se niega a formalizar un contrato de alquiler con opción a compra y, por tanto la vivienda se queda sin ocupantes, la Generalitat podrá iniciar un procedimiento expropiatorio del usufructo temporal a la entidad financiera, por "interés social y necesidad de ocupación", por un plazo máximo de tres años, para ponerla a disposición de estas personas.
En cuanto a las viviendas vacías, la Ley por la Función Social de la Vivienda prevé mecanismos para movilizar la viviendas vacías en la Comunitat, que ascienden a unas 500.000, regulando una serie de medidas para evitar que los grandes tenedores de vivienda o las entidades bancarias permitan "una desocupación de las viviendas injustificada".
En este sentido, se establecerán registros, como de viviendas vacías, donde se inscribirán las viviendas declaradas deshabitadas por la Administración, así como el de oferta y de demanda, para que los particulares inscriban voluntariamente sus inmuebles.
Las Administraciones desarrollarán, además, medidas de fomento, como ayudas públicas para el alquiler para personas y familias con ingresos bajos o contra la pobreza energética, para garantizar los suministros básicos de luz, agua y gas.
Además, fomentarán el alquiler con medidas de estímulo para que los propietarios privados ofrezcan sus viviendas a personas y familias con dificultades para acceder a la oferta de vivienda y promoverán el alquiler solidario.
Por último, los propietarios privados podrán hacer una cesión de la vivienda a la Generalitat que dispondrá para su alquiler durante un período máximo de seis años y el propietario cobrará una renta a cambio de que su vivienda esté en condiciones y en uso.
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