CJRM respalda multa 68.800 euros por obra ilegal en suelo protegido Moratalla
El Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM) ha dictaminado favorablemente la propuesta del ayuntamiento de Moratalla de desestimar[…]
El Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM) ha dictaminado favorablemente la propuesta del ayuntamiento de Moratalla de desestimar la revisión de oficio instada por el constructor de una obra ilegal en un espacio protegido de la pedanía de Benizar que fue sancionado con 68.800 euros de multa y la demolición del inmueble.
El dictamen de este órgano consultivo de la administración, al que ha tenido acceso Efe, indica que el ayuntamiento de Moratalla, por resolución de la alcaldía de marzo de 2009, abrió un expediente sancionador al dueño de la construcción de dos plantas al carecer de la licencia de obras.
Y añade que la obra, al parecer, estaba destinada a acoger un salón de usos múltiples en la planta baja y tres apartamentos y terraza en la primera planta.
Así mismo se acordó la suspensión de las obras y la tramitación de una pieza separada para el restablecimiento del orden infringido, "requiriendo al interesado para que solicitara la oportuna licencia de obras en el plazo de dos meses".
Y se le advertía de que en caso contrario, el ayuntamiento acordaría la demolición a costa de aquel, "al igual que si dicha licencia fuera denegada por ser contraria al ordenamiento urbanístico".
La visita al lugar de un agente de la Policía Local permitió comprobar que, pese a esas actuaciones puestas en marcha, las obras continuaban, "habiéndose echado la cubierta en la mayor parte de la construcción".
En marzo de 2010 el técnico municipal emitió sendos informes en uno de las cuales se hacía constar que el edificio se ubicaba en unos terrenos clasificados en el Plan General Municipal de Ordenación Urbana como no urbanizables de protección específica, y en el otro se proponía una sanción cercana a los 97.000 euros, rebajada luego a 68.800 euros.
En febrero de 2011 el expedientado presentó un escrito en el ayuntamiento en el que solicitó el aplazamiento y fraccionamiento de la deuda a diez años, siéndole aceptada esta segunda petición, pero en mayo de 2015 entregó en el Registro General de la Delegación del Gobierno en Murcia otro escrito en el que pedía al consistorio la revisión de oficio de las resoluciones de la alcaldía.
El CJRM, al respaldar la legalidad de la actuación municipal, comenta que "lo que realmente pretende el peticionario es impugnar, extemporáneamente, actos administrativos firmes, utilizando la vía de la revisión de oficio".
Y añade que "esa revisión no puede ser utilizada para reabrir procedimientos fenecidos por el transcurso de los plazos, al no haberse ejercitado los recursos ordinarios".
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