Audiencia de Madrid mantiene suspensión de la aplicación Uber Pop en España
La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Uber (Uber Technologies) en mayo de 2015[…]
La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Uber (Uber Technologies) en mayo de 2015 y mantiene las medidas cautelares contra el servicio Uber Pop, suspendido desde diciembre de 2014, según el auto, al que ha tenido acceso Efe.
La Audiencia de Madrid sostiene que Uber funcionaba con su servicio de taxis alternativos Uber Pop como una empresa de transporte y no como una plataforma de internet colaborativa.
No obstante, la compañía estadounidense podrá seguir operando con su servicio de transporte con vehículos de alquiler con conductor (VTC), con el que volvió a España el pasado año, tras la suspensión de la aplicación Uber Pop.
La Asociación Madrileña del Taxi (ATM), entidad local asociada a la patronal Fedetaxi, había interpuesto una demanda contra Uber Technologies por la que solicitaba medidas cautelares que fueron concedidas por el juzgado de lo mercantil hace más de dos años, y que consistían en el cese y prohibición en España de la prestación del servicio Uber Pop.
La multinacional estadounidense recurrió dicha sentencia ante la Audiencia de Madrid, que acaba de ratificar la medida cautelar, argumentando que Uber "no es un mero operador tecnológico, sino que su actividad es de una empresa de transporte que emplea su propia plataforma y que comercializa los servicios en la Unión Europea a través de una filial, fija los precios y dispone de multitud de conductores previamente seleccionados".
"La prestación de servicios de transporte urbano discrecional sin la correspondiente autorización administrativa constituye una actividad infractora de normas que tienen por objeto la regulación de la actividad concurrencial y, por lo tanto, un acto de competencia desleal".
"Tampoco es un mero intermediario de transporte, sino que participa directamente en dicho servicio, incluso fijando el precio del transporte", explica el auto.
"Uber no es un operador neutral ni un mero operador tecnológico. No puede acogerse a la exención de responsabilidad prevista para los Prestadores de Servicios de la Sociedad de la Información (PSSI)", que actúan sólo como intermediarios, por lo que no necesitan de las autorizaciones administrativas exigibles en algunos sectores.
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