Abogacía del Estado recuerda que aeropuerto de Ciudad Real necesita licencias
La Abogacía del Estado ha remitido un escrito al juzgado que gestiona el concurso de acreedores del aeropuerto de Ciudad[…]
La Abogacía del Estado ha remitido un escrito al juzgado que gestiona el concurso de acreedores del aeropuerto de Ciudad Real, en el que recuerda que su adjudicación definitiva no debe estar ligada solo al pago de la infraestructura, sino también a la obtención de las licencias preceptivas.
En nombre del Ministerio de Fomento, la Abogacía del Estado se ha dirigido en estos términos al juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ciudad Real, tras recibir el borrador de la escritura notarial de compraventa del aeropuerto.
En su escrito, al que ha tenido acceso Efe, la Abogacía del Estado considera que la adjudicación de la infraestructura no debe ceñirse "al pago de las cantidades estipuladas", sino "a la efectiva obtención de las licencias necesarias para la gestión y explotación aeroportuaria".
La Abogacía del Estado advierte de que no se puede pretender la transmisión automática de una autorización de puesta en funcionamiento del aeropuerto, porque supondría vaciar de contenido los requisitos que exige a los gestores aeroportuarios una norma no ya nacional, sino de Derecho Comunitario.
También apunta que la Dirección General de Aviación Civil, en un informe realizado a petición de la Abogacía del Estado, ha indicado que "la gestión de los servicios encomendados a otra mercantil, distinta a la que se autorizó, requiere nueva resolución de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA)".
En atención a estas consideraciones, reitera que la adquisición de la unidad productiva "ha de entenderse sometida no solo a la condición de abono del resto del precio en el plazo concedido, sino también a la de previa obtención de la licencia de uso y explotación del aeropuerto por parte de la Administración competente".
Al respecto, precisa que las menciones contenidas en el borrador de escritura de compraventa remitido relativas a la "subrogación en la posición jurídica y aeronáutica en la que se encuentra la mercantil", se han de entender con pleno respeto en relación con la necesidad de contar con las autorizaciones y licencias pertinentes.
Igualmente, deben estar "con pleno respeto al resto de potestades administrativas que se ejercen sobre infraestructuras aeroportuarias y su funcionamiento".
La Abogacía del Estado recuerda "que se transmite un aeropuerto no operativo, tal y como se reconoce y, por lo tanto, sin las autorizaciones y licencias en vigor".
Los adjudicatarios de la compra del aeropuerto, la mercantil CR International Airport (CRIA), vienen trabajando desde septiembre de 2016 en la obtención de los permisos por parte de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) para obtener la verificación del aeropuerto.
Una verificación para operar, inferior en capacidad con la que se certificó inicialmente el aeropuerto, que permitirá contar con un máximo de 850 operaciones de carga al año y la posibilidad de transportar un máximo de 10.000 pasajeros al año.
El juzgado que se encarga de la venta del aeropuerto, dictó a finales del pasado mes de abril una providencia en la que anunció que interrumpía el plazo de los 12 meses dados a la mercantil CR International Airport, SL para completar el pago del 80 por ciento del importe total de la venta de la infraestructura, fijado en 56,2 millones de euros.
Justificó esta providencia en las diferencias surgidas durante la realización de la escritura notarial de compraventa del aeropuerto, que motivaron cambios posteriores y que ahora está sometida a alegaciones de todas las partes.